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Resolución

Resolución 5308

RELATIVA AL RETIRO DEL EXEQUATUR POR CAUSAS POLITICAS A LOS FUNCIONARIOS CONSULARES EXTRANJEROS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 feb de 1914fecha
Otrastipo
G. O. 2478Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5308.—RESOLUCION del P. E. relativa al retiro del exequatur por causas políticas a los funcionarios consulares extranjeros.—G. O. Núm. 2478 del 14 de Febrero 1914. GENERAL JOSE BORDAS VALDES, Presidente Constitucional Interino de la República. Considerando: Que con frecuencia ha venido ocurriendo en el país que funcionarios consulares extranjeros, desconociendo los deberes de su cargo y al amparo de las inmunidades que ésta les acuerda, se han dado a la tarea de prestar ayuda a nuestras discordias civiles; Considerando: que es necesario evitar por todos los medios posibles esos hechos, que son perjudiciales a las buenas relaciones internacionales; RESUELVE: Art. 1º Cuando un funcionario consular extranjero tome alguna participación, directa ó indirecta, en cualquiera contienda civil, o en alguna forma contribuya a alterar el orden público o las buenas relaciones de amistad existentes entre el país que lo nombre y la República Dominicana, se hará uso de uno de los atributos de la soberanía del Estado dominicano, retirándole el exequátur que se haya otorgado, lo que le incapacitará para seguir ejerciendo sus funciones consulares. Art. 2º No conceder exequátur para ningún cargo consular a ningún individuo a quien se le hubiere retirado por los motivos indicados en el artículo anterior. Al efecto habrá, en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores un libro para las anotaciones correspondientes. Art. 3º Cuando ocurriere uno de los casos indicados, la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores dará aviso a la Legación del País a que pertenezca el Cónsul, de la determinación del Gobierno, con explicación de los motivos que dieron lugar a la medida, o a falta de Legación al Gobierno del país correspondiente por órgano de la Legación dominicana. Si no hubiere ésta, la notificación se hará directamente, de cancillería a cancillería. Comuníquese y publíquese. Dada en Santo Domingo, capital de la República, a los 5 días del mes de febrero del 1914, año 71 de la Independencia y 52 de la Restauración. BORDAS VALDES. Comunicado:—Eliseo Grullón.—Secretario de E. de Relaciones Exteriores.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona