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Resolución

Resolución 184

QUE TRANSFIERE EL DIA DEL DUELO NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 jul de 1918fecha
Otrastipo
G. O. 2922Gaceta Oficial

Texto

Texto de la norma
Art. 6.—La presente Resolución deroga toda otra disposición que le sea contraria, y comenzará a surtir su efecto un mes después de su publicación. Dada en la Sala Municipal de Daiabón, a los 21 días del mes de Abril del año de 1918. El Presidente del Ayuntamiento, JUAN EVANGELISTA PERELLO. El Secretario Municipal, JULIO CESAR SILVERIO. J. H. PENDLETON. Brigadier General, U. S. M. C., Gobernador Militar Interino de Santo Domingo. Santo Domingo, R. D. 3 de Julio, 1918. ORDEN que transfiere el día del duelo nacional. GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO. Orden Ejecutiva No. 184. G. O. Núm. 2922. La celebración del Día de Duelo Nacional decretado por el Congreso Nacional, el 19 de Junio de 1889, se pospone para el día 8 de los corrientes. J. H. PENDLETON. Brigadier General, U. S. M. C., Gobernador Militar Interino de Santo Domingo. Santo Domingo, R. D. Julio 3 de 1918.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona