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Resolución

Resolución 100

QUE PROHIBE LA EXPORTACION DE CIERTOS ARTICULOS DE CONSUMO IMPORTADOS DE LOS E.E. U.U. DE A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 dic de 1917fecha
Otrastipo
G. O. 2862Gaceta Oficial

Texto

Texto de la norma
ORDEN que restituye en su cargo de Gobernador Militar al Contra-Almirante H. S. Knapp. GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO. Orden Ejecutiva Número 99. G. O. Núm. 2861. Habiendo el Gobernador Militar regresado a Santo Domingo, el Brigadier-General J. H. Pendleton, U. S. Marine Corps, es hoy relevado de sus deberes como Gobernador Militar Interino de Santo Domingo. H. S. KNAPP, Contra Almirante de la Armada de los Estados Unidos. Gobernador Militar de Santo Domingo. Santo Domingo, R. D., 30 de Noviembre, 1917. ORDEN que prohíbe la exportación de ciertos artículos de consumo importados de los E.E. U.U. de A. GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO. Orden Ejecutiva Núm. 100. G. O. Núm. 2862. 1. El exportar artículos de manutención para personas o animales, o el reexportar dichos artículos importados de los Estados Unidos, no será permitido excepto a puertos bajo la jurisdicción de los Estados Unidos. 2. Ningún artículo de comercio o artículos que éstos puedan reemplazar, metales y carbón inclusive, importado de los Estados Unidos, será permitido el ser reexportado. 3. No se permitirá el suministrar carbón a embarcaciones que no sean aquellas con destino a puertos bajo la jurisdicción de los Estados Unidos, bien sea para su propio uso ú otros fines. 4. A ninguna embarcación se le dará sus papeles de Adua- na para sitio alguno en Europa o en cualquier puerto del Mar Mediterráneo. 5. En casos especiales, podrán hacerse solicitudes al Gobierno Militar para efectuar cualquiera de los actos prohibidos en esta orden, pero ninguno de dichos actos será permitido hasta que se haya recibido autorización explícita del Gobierno Militar. H. S. KNAPP, Contra Almirante de la Armada de los Estados Unidos. Gobernador Militar de Santo Domingo. Santo Domingo, R. D., 5 de Diciembre, 1917. ORDEN que promulga la Ley de Carreteras y Reglamento para automóviles. GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO. Orden Ejecutiva Número 101. G. O. Núm. 2864. En virtud de los poderes de que está investido el Gobierno Militar, la siguiente Ley de Carreteras y Reglamentos para Automóviles, es hoy dada y promulgada. H. S. KNAPP, Contra Almirante de la Armade de los Estados Unidos. Gobernador Militar de Santo Domingo. Santo Domingo, R. D., 8 de Diciembre, 1917. LEY DE CARRETERAS Y REGLAMENTO PARA AUTOMOVILES CAPÍTULO I. Art. 1. Los dueños de terrenos colindantes con carretera alguna, no deben, mientras trabajen sus tierras, causar daño a los

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona