Texto de la norma
interpretación, en la redacción del Artículo 1º de la ley dada el 14 de Diciembre de 1915 por el Congreso Dominicano, prorrogando el período en el cual los propietarios de terrenos deben inscribir sus títulos en la forma prescrita por la "Ley de inscripción de la Propiedad Territorial", y razonando el hecho de que la prórroga fué dada para durar "un año" a empezar en Diciembre del 1915 y que dicho año terminara "el día primero de Diciembre de 1917", por la presente se ordena:
Que la interpretación que se dará á la prórroga sea de que esta venza el día 1º de Diciembre del 1917, como si las palabras "por un año" no existieran en la ley.
H. S. KNAPP,
Captain, U. S. Navy,
Commander, Cruiser Force,
U. S. ATLANTIC FLEET.
Commanding Forces in Occupation in Santo Domingo.
U. S. S. OLYMPIA,
Santo Domingo City, D. R.,
24 January, 1917.
ORDEN que apropia fondos para la terminación del Puente Ozama.
GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO.
Orden Ejecutiva Número 28.
G. O. Núm. 2776.
1. En virtud de la autoridad de que se halla investido el Gobierno Militar, por la presente se asigna de los fondos dominicanos depositados en la Guaranty Trust Company de New York, la suma de veinte mil pesos oro ($20.000) para la terminación, bajo la dirección del Departamento de Obras Públicas, del puente sobre el río Ozama, en la ciudad de Santo Domingo.
H. S. KNAPP,
Captain, U. S. Navy,
Commander, Cruiser Force,
U. S. ATLANTIC FLEET,
Commanding Forces in Occupation in Santo Domingo.
U. S. S. OLYMPIA,
Santo Domingo City, D. R.,
3 de Febrero, 1917.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.