que aprueba el Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Dominicana, de fecha 9 de diciembre de 2005
Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.
Texto
Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 223-07 que aprueba el Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Dominicana, de fecha 9 de diciembre de 2005.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 223-07
VISTO: El Inciso 14 del Artículo 37 de la Constitución de la República;
VISTO: El Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo suscrito entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Dominicana, en fecha nueve (9) de diciembre del año 2005.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR el Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo suscrito entre el Gobierno de la República de Cuba y el Gobierno de la República Dominicana, en fecha nueve (9) de diciembre del año 2005, cuyo objetivo es promover un sistema de aviación basado en la competencia entre las aerolíneas en el mercado con las mínimas interferencias de los respectivos gobiernos y las regulaciones, facilitando la expansión de las oportunidades de los servicios internacionales, garantizando a cada Parte Contratante, el derecho a:
-Volar sin aterrizar en el territorio de la otra Parte Contratante.
- Hacer escala con fines no comerciales en el territorio de la otra Parte Contratante.
- Embarcar y desembarcar en dicho territorio en los puntos especificados en el anexo de dicho Acuerdo, en cuanto a pasajeros, equipaje, carga y correo destinados para o desde puntos del territorio de la otra Parte Contratante, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona