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Resolución

Resolución 24

ORDEN QUE NOMBRA AL SR. OCTAVIO BERAS GOBERNADOR DEL SEYBO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 ene de 1917fecha
Nombramientostipo
G. O. 2772Gaceta Oficial

Texto

Texto de la norma
proclamación del Gobierno Militar, será transferida de igual manera al Art. 456 Extra, en el Presupuesto del año que termina el 31 de Diciembre de 1916, y en el del presente año según provee la Orden Ejecutiva No. 17, de Enero 2 de 1917, no habiendo ocasión para su desembolso, puesto que los oficiales que administran las funciones del Gobierno Militar han desempeñado y desempeñarán sus cargos sin remuneración de los fondos dominicanos. Desde y después de 29 Noviembre, 1916, fecha en que se hizo efectivo el Gobierno Militar, la apropiación bajo el Art. 6 con la excepción del último Párrafo de este Art. 1 Portero Mensajero con $20 mensuales, $240 anuales, serán igualmente transferidas al Art. 456 Extra. 3. Los fondos no gastados apropiados por cualquier artículo del Presupuesto de Enero 1,—1916, serán de igual modo transferidos al Art. 456 Extra, cuando la razón para no gastarlos haya surgido de las vacantes en el puesto, de falta de desempeñar el cargo, o de cualesquiera otras causas por las cuales se satisfaga el Gobierno Militar que los pagos son innecesarios o impropios. H. S. KNAPP, Captain, U. S. Navy, Commander, Cruiser Force. U. S. ATLANTIC FLEET, Commanding Forces in Occupation in Santo Domingo. U. S. S. OLYMPIA, Santo Domingo City, D. R., 19 January, 1917. ORDEN que nombra al Sr. Octavio Beras Gobernador del Seybo. GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO. Orden Ejecutiva Número 24. G. O. Núm. 2772. 1. El señor Octavio Beras queda por la presente nombrado Gobernador Civil de la Provincia del Seybo y relevárá al señor Juan Esteban Ortiz, Gobernador interino, en los deberes de ese cargo. 2. El Gobernador Beras informará al Gobierno Militar por telégrafo cuando se haya hecho cargo del puesto de Gobernador, y su nombramiento será efectivo desde e incluyendo la fecha de su aceptación telegráfica. H. S. KNAPP, Captain, U. S. Navy, Commander, Cruiser Force, U. S. ATLANTIC FLEET, Commanding Forces in Occupation in Santo Domingo. U. S. S. OLYMPIA, Santo Domingo City, D. R., 19 January, 1917. ORDEN que nombra una comisión de Educación Pública. GOBIERNO MILITAR DE SANTO DOMINGO. Orden Ejecutiva Número 25. G. O. Núm. 2772. 1. El Jefe del Gobierno Militar tiene especial placer de anunciar, que ha sido formada una Comisión sobre Educación, de la cual ha consentido ser su Presidente, el Illmo. Arzobispo de Santo Domingo, Monseñor Nouel, y de la cual también forman parte los prominentes Dominicanos más adelante mencionados, quienes gustosamente han ofrecido sus servicios para tan altruista propósito. 2. Los fines en general de la Comisión tenderán a estudiar y suministrar un informe con respecto a las condiciones en que actualmente se encuentra la Instrucción Pública, y a su vez a formular y aconsejar medidas provechosas para el establecimiento de un sistema de educación que mejor sirva a los intereses de la República.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona