Texto de la norma
Núm. 1882.—RESOLUCION del P. E. estableciendo cátedras de derecho civil, derecho constitucional é internacional, y de medicina. (1)
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Fernando A. de Meriño, Presidente de la República.
Atendiendo: á que es de toda necesidad facilitar á la juventud la instrucción superior; y
Atendiendo: á que las escasas rentas de que puede disponer el Gobierno no le permiten reinstalar definitivamente el Instituto Profesional que con aquel fin establece la ley,
RESUELVE:
Art. 1º Se establecen en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, las siguientes cátedras:
De derecho civil; de derecho constitucional y derecho internacional;
De medicina, cirujía y farmacia.
Art. 2º Los nombramientos de los catedráticos se expedirán de conformidad á lo que dispone el Reglamento de Instrucción Pública.
Art. 3º Se asigna un sueldo de cincuenta pesos mensuales á cada uno de los profesores del Instituto.
Art. 4º El Ministro de Instrucción Pública abrirá inmediatamente las matrículas respectivas para que, tan luego se hayan inscrito diez alumnos en cada cátedra, por lo menos, se principie el curso correspondiente.
Art. 5º Los Secretarios de Estado de Justicia, Fomento é Instrucción Pública, y de Hacienda y Comercio quedan encargados de cumplimentar la presente resolución.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 7 días del mes de Octubre de 1880, año 37 de la Independencia y 18 de la Restauración.—Fernando A. de Meriño.—Refrendada: El Secretario de Estado de Justicia, Fomento é Instrucción Pública, Eliseo Grullón.—Refrendada: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.
(1) Derogada por la L. orgánica de estudios profesionales fecha 10 de Julio de 1881.
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