Texto de la norma
Núm. 1875.—RESOLUCION del C. N. aprobando el Mensaje del Gobierno Provisorio.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional, en nombre de la República.
Estudiado y discutido el informe de la comisión del interior, acerca del Mensaje enviado á este Alto Cuerpo en fecha 11 de Julio del corriente año, por el Presidente del Gobierno Provisional,
RESUELVE:
Art. 1º Queda aprobado el Mensaje del Presidente del Gobierno Provisional en todo lo concerniente á disposiciones ejecutivas, como propias del Poder que ejercía.
Art. 2º Se deroga la resolución acordada en fecha 12 de Junio exonerando del pago de los derechos de costa á los buques que vayan á cargar guano, fosfato de cal, etc. (1)
Art. 3º La presente resolución será enviada al Poder Ejecutivo para que se promulgue.
Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 30 días del mes de Setiembre de 1880, 37 de la Independencia y 18 de la Restauración.—El Presidente, D. A. Rodríguez.—Los Secretarios: J. M. Recio.—M. de J. Aybar.
Ejecútese, comuníquese por las Secretarías correspondientes, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á 5 de Octubre de 1880, año 37 de la Independencia y 18 de la Restauración.—El Presidente de la República, Fernando A. de Meriño.—Refrendado: El Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, encargado de lo Interior y Policía, Casimiro N. de Moya.—Refrendado: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.
(1) V. núm. 1862.
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