Texto de la norma
Núm. 1825.—RESOLUCION del G. P. considerando como una medida emanada del Gobierno, la emisión de papel sellado autorizado por el delegado. (1)
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Gregorio Luperón, general de división del ejército nacional y Presidente del Gobierno Provisorio instalado el 7 de Octubre de 1879.
Considerando: que el Gobierno del general Cesáreo Guillermo, en sus últimos días de mando, con el objeto de rehacerse á todo trance de fondos, dispuso de las existencias del papel sellado distribuyéndolas entre varios particulares;
Considerando: que la ley y disposiciones sobre las rentas de esta especie timbrada, están en abierta oposición con lo dispuesto por dicho Gobierno; y
Considerando: que ha sido justa y necesaria la medida tomada por el ciudadano general Ulises Heureaux, Ministro de la Guerra, en la ciudad de Santo Domingo, para precaver oportunamente los efectos de este abuso, suspendiendo el uso del papel sellado de emisiones anteriores, y autorizando una nueva emisión con tinta encarnada para distinguirla de las otras.
(1) V. núm. 1822.
RESUELVE:
Art. 1º Considerar como medida emanada del Gobierno, la siguiente emisión de papel selado, autorizada por el ciudadano Ministro de la Guerra.
Del sello 1º de $ 3.
En blanco . . . . . . . . . . . . . . 500 sellos
Para importación . . . . . . . . . . . 500 ”
Para exportación . . . . . . . . . . . 300 ”
———————— 1300 sellos
Del sello 2º de $ 2.
En blanco . . . . . . . . . . . . . . 1000 sellos
Para importación . . . . . . . . . . . 1000 ”
Para exportación . . . . . . . . . . . 300 ”
———————— 2300 sellos
Del sello 3º de $ 1.
En blanco . . . . . . . . . . . . . . 2000 sellos
Para importación . . . . . . . . . . . 1500 ”
Para exportación . . . . . . . . . . . 300 ”
———————— 3800 sellos
Del sello 4º de 50 cts.
En blanco . . . . . . . . . . . . . . 3000 sellos
Para importación . . . . . . . . . . . 2000 ”
Para exportación . . . . . . . . . . . 100 ”
———————— 5100 sellos
Total . . . . . . . . . . . . . . . . 12500 sellos
Dada en San Felipe de Puerto Plata, Capital interina de la República, á los 5 días del mes de Enero de 1880, año 36 de la Independencia y 17 de la Restauración.—Gregorio Luperón.—Refrendada: El Ministro de Hacienda y Comercio, Maximiliano C. Grullón.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.