jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 1724

APROBANDO LA CONCESION A FAVOR DEL SEÑOR W.P. CLYDE, FECHA 15 DE NOVIEMBRE ULTIMO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 dic de 1878fecha
Concesióntipo
Senado de la Repúblicaórgano

Contraparte y monto

Contraparte
SEÑOR W.P. CLYDE

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 1724.—RESOLUCION del Senado, aprobando la concesión á favor del señor W. P. Clyde, fecha 15 de Noviembre último. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—La Cámara del Senado, en nombre de la República. Oido el informe de la comisión encargada de abrir concepto, y previa la discusión reglamentaria. (1) V. núm. 1717. Considerando : que la concesión otorgada al señor W. P. Clyde, ciudadano de los EE. UU. de la América del Norte, para establecer y sostener una línea de vapores correos entre el puerto de aquella ciudad y el de Santo Domingo con escala en otros puertos de la República, es de utilidad pública, por cuanto beneficia al comercio y á la industria nacionales, contribuyendo eficazmente al ensanche de las transacciones mercantiles y facilitando la exportación de los productos del país. Considerando : que un título de concesión no tiene validez si carece de la aprobación constitucional. En uso de la facultad que le comete el inciso 33 del artículo 37 de la Constitución, RESUELVE : Aprobar, como por la presente aprueba, el título de concesión otorgado por el Poder Ejecutivo al ciudadano norteamericano W. P. Clyde, del comercio de New York, para establecer y sostener, por el término de 10 años, una línea de vapores correos americanos entre el puerto de aquella ciudad y el de Santo Domingo con escala en otros habilitados de la República, bajo las condiciones estipuladas en las veinte y una cláusulas de que consta el título de concesión. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 17 días del mes de Diciembre de 1878, año 35 de la Independencia y 16 de la Restauración.—El presidente, Francisco Gregorio Billini.—Federico Henríquez y Carvajal.—secretario.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona