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Resolución

Resolución 1711

RESOLUCION del Consejo de Gobierno, aceptando la renuncia del Encargado de la Presidencia de la República; y constituyéndose el Consejo en P. E

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 sept de 1878fecha
Otrastipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1711.—RESOLUCION del Consejo de Gobierno, aceptando la renuncia del Encargado de la Presidencia de la República; y constituyéndose el Consejo en P. E. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Consejo de Gobierno. Vista la renuncia que en fecha de ayer dirigió el Presidente de la República al Ministro de lo Interior, resignando en el Consejo de Gobierno las elevadas funciones que desempeñaba como presidente de la Suprema Corte de Justicia. Visto asimismo el artículo 60 de la Constitución política del Estado; y Considerando: que son legítimas y como tales aceptables las razones en que se basa la expresada renuncia, los Ministros que suscriben la aceptan y, en cumplimiento de dicho cánón constitucional, quedan constituidos en Consejo de Gobierno, ejerciendo su presidencia el de lo Interior encargado de la Guerra y Marina; resolviendo al mismo tiempo que esta acta se publique en el territorio de la República. Dada en Santo Domingo, á 30 de Setiembre del año de gracia de 1878, 35 de la Independencia y 16 de la Restauración.—El Ministro de lo Interior y Policía, encargado de la Guerra y Marina, Cesáreo Guillermo.—El Ministro de Justicia é Instrucción Pública, encargado de las Relaciones Exteriores, Alejandro An- gulo Guridi.—El Ministro de Hacienda y Comercio, Pedro Mª Aristy.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona