Texto de la norma
Núm. 128.—RESOLUCION que autoriza al Consejo de Ministros á ejercer el P. E.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Consejo de Ministros Secretarios de Estado, reunido en la sala de deliberaciones, bajo la presidencia del Sr. Presidente de la República.
Debiendo el Gefe del Estado, por asuntós particulares, pasar a la comun del Seybo, en donde es necesario su presencia para llenar los deberes de buen padre de familia; y en vista de la perfecta tranquilidad que reina en estos momentos en todo el territorio de la República, y del estado de arreglo en que se encuentran los ramos de la Administracion pública;
HA DETERMINADO:
En conformidad del artículo 99 de la Constitucion, que el Consejo de Secretarios de Estado ejerza provisionalmente el Poder Ejecutivo durante su ausencia.
La presente resolucion será impresa, publicada y ejecutada á diligencia del Sr. Ministro del Interior y Policía, para que llegue á conocimiento de todas las autoridades y habitantes de la República para su inteligencia.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República; á los diez y ocho dias del mes de Setiembre de mil ochocientos cuarenta y siete, año cuarto de la Patria.—El Presidente de la República.—Santana.—El Ministro Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Policía, encargado de la Cartera de Justicia é Instruccion Pública.—Puello.—El Ministro Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda, Comercio y Relaciones Exteriores.—R. Miura.—El Ministro Secretario de Estado en los Despachos de Guerra y Marina.—Jimenes.
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