jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 239-06

que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y el senor Francisco Antonio Acevedo Lora, sobre la venta de una porcion de terreno en Santiago, R.D

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 jun de 2006fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10371Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Francisco Antonio Acevedo Lora (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 239-06 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y el senor Francisco Antonio Acevedo Lora, sobre la venta de una porcion de terreno en Santiago, R.D. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Res. No. 239-06 VISTO el Inciso 19 del Art. 37 de la Constitución de la República. VISTO el contrato de venta suscrito en fecha de 13 de febrero del 2002, entre el Estado dominicano y el señor Francisco Antonio Acevedo Lora. RESUELVE: UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 13 de febrero del 2002, entre el Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, señor BIENVENIDO BRITO, de una parte; y de la otra parte, el señor FRANCISCO ANTONIO ACEVEDO LORA, por medio de la cual el primero traspasa al segundo, a titulo de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de NOVENTA Y NUEVE PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS (99.18) MTS2, dentro del la parcela No. 17, del D. C. No. 19, del Municipio de Santiago, valorada en la suma de CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$44, 631.00), que copiado a la letra dice asi:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona