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Resolución

Resolución 111-02

que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano, representado por el Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar y la Constructora Subo, S. A., representada por el Ing. René Cecilio González Aquino, sobre la venta de una porción de terreno de 339,067.07 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 3 parte, del D. C. No. 6 del Distrito Nacional, lugar La Grúa, Sección San Luis

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 ago de 2004fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10287Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Constructora Subo, S. A (empresa)
Monto
RD$33.9 millones · en el texto: «RD$33,906,707.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 111-02 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano, representado por el Director Ejecutivo del Consejo Estatal del Azúcar y la Constructora Subo, S. A., representada por el Ing. René Cecilio González Aquino, sobre la venta de una porción de terreno de 339,067.07 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 3 parte, del D. C. No. 6 del Distrito Nacional, lugar La Grúa, Sección San Luis. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res No. 1.11-02 VISTO el Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República. VISTO el contrato de venta suscrito en fecha 18 de junio del 2001, entre el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y la CONSTRUCTORA SUBO, S.A., representada por el ING. RENE CECILIO GONZALEZ AQUINO. RESUELVE: ARTICULO UNICO.- APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 18 de junio del 2001, entre el ESTADO DOMINICANO, representado en este acto por el Director Ejecutivo, ING. VICTOR MANUEL BAEZ, de una parte; y de la otra parte, la CONSTRUCTORA SUBO, S.A., representada por el ING. RENE CECILIO GONZALEZ AQUINO, mediante el cual el primero traspasa a la segunda, una porción de terreno con una extensión superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SESENTA Y SIETE PUNTO CERO SIETE (339,067.07), metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.3, (Pte.), del Distrito Catastral No.6, del Distrito Nacional, lugar La Grúa, Sección San Luis, valorado en la suma de RD$33,906,707.00; que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona