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Res. No. 205-04 que aprueba el Convenio suscrito entre el Estado dominicano,
representado por el Secretario de Estado de Interior y Policia, Dr. Pedro Franco
Badia y la empresa espanola RIOGERSA, por un monto de US$3,810,138.99, para la
adquisicion de piezas de repuestos que seran utilizadas en la flota vehicular del
Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo y de 10s del interior del pais.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 205-04
VISTOS 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la
Republica.
VISTO el Convenio suscrito entre el Estado dominicano y la empresa
espaiiola RIOGERSA, para la adquisicion de piezas de repuestos que serin utilizadas en la
flota vehicular del Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo y del interior del pais, por un
monto global de Tres Millones Ochocientos Diez Mil Ciento Treinta y Ocho Dolares de 10s
Estados Unidos de America con 99/100 (US$3,810,138.99).
R E S U E L V E :
UNICO: APROBAR el Convenio suscrito entre el Estado dominicano,
representado por el seiior DR. PEDRO FRANC0 BADIA, Secretario de Estado de
Interior y Policia y la empresa espaiiola RIOGERSA, representada en este acto por Don
ROGELIO BLANCO, Director Comercial, para la adquisicion de piezas de repuestos que
seran utilizadas en la flota vehicular del Cuerpo de Bomberos de Santo Domingo y del
interior del pais, por un monto global de Tres Millones Ochocientos Diez Mil Ciento
Treinta y Ocho Dolares de 10s Estados Unidos de America con 99/100 (US$3,810,138.99).
C O N T R A T O D E S U M I N I S T R O
PROYECTO DE REPUESTOS PARA LAS UNIDADES VEHICULARES DE LOS
PARQUES DE BOMBEROS
En Santo Domingo, a 10s veintiocho dias del mes de Enero del aiio 2004
REUNIDOS:
De una parte la Secretaria de Estado de Interior y Policia de la Republica Dominicana,
debidamente representada en este acto por su titular Dr. Pedro Franco Badia, dominicano,
mayor de edad, portador de la Cedula de Identidad y Electoral numero
Y
domiciliado en [domicilio omitido].
Se encuentra debidamente facultado para este acto mediante Poder Especial Numero 12-04
de fecha 28 de Enero de 2004, emitido por el Excelentisimo Sr. Presidente de la Republica
Dominicana, Ingeniero Agronomo Don Hipolito Mejia, poder que queda unido a este
contrato y forma parte del mismo.
Y de otra RIOGERSA, S.A., empresa legalmente constituida de acuerdo a las leyes
espaiiolas, con domicilio en [domicilio omitido],
representada en este acto por Don Rogelio Blanco, mayor de edad, con pasaporte espaiiol
numero [omitido]F.
PREAMBULO:
POR CUANTO: La Secretaria de Estado de Interior y Policia de la Republica Dominicana
ha identificado una serie de necesidades.
POR CUANTO: A 10s fines indicados en el Por Cuanto que antecede y frente a la propuesta
presentada, ha estudiado la propuesta presentada por RIOGERSA, llegando a la conclusion
de que la misma se ajusta a 10s requisitos establecidos por la Secretaria de Estado de
Interior y Policia.
POR CUANTO: A que RIOGERSA, para llegar a un acuerdo de trabajo con la Secretaria
de Estado de Interior y Policia, en cuanto a 10s precios y demis condiciones para el
suministro de 10s bienes de acuerdo a las especificaciones que mas adelante se indicarin,
han decidido suscribir el presente CONTRATO DE SUMINISTRO:
PRIMERA: OBJETO E IMPORTE DEL CONTRATO.
Las partes suscribientes acuerdan que la empresa RIOGERSA, S.A., se obliga a realizar
para la Secretaria de Estado de Interior y Policia, el suministro de todos 10s bienes que se
indican en su OFERTA ECONOMICA, la cual se anexa a1 presente contrato, y que el valor
acordado para dichos servicios asciende a la suma de TRES MILLONES
OCHOCIENTOS DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y OCHO CON 99/100 DOLARES
AMERICANOS (USD 3.810.138,99).
Ademas de lo indicado en 10s documentos de OFERTA ECONOMICA, previamente
referidos, con 10s precios convenidos indicados incluye a cargo de RIOGERSA lo
siguiente:
Embalaje y preparacion para transporte maritimo adecuado a cada tipo de equipo
1.
2.
Transporte desde Espaiia hasta el lugar de entrega, Rio Haina (Republica
Dominicana).
3.
Seguros a todo riesgo por el 110% del precio contractual.
SEGUNDA: GASTOS LOCALES.
Se hace constar expresamente que 10s gastos locales a realizarse para la instalacion y puesta
en marcha de 10s equipos no superaran en ningun cas0 el 15% del valor de 10s mismos, con
el fin de cumplir lo requerido por la legislacion espaiiola vigente.
TERCERA: PLAZOS DE ENTREGA.
Se estipula un plazo de entrega, a contarse a partir de la fecha de “entrada en vigor”
estipulada en la Clausula UNDECIMA: NO MAYOR DE 6 MESES.
Cualquier rnodificacion a1 programa estipulado en el parrafo anterior habra de pactarse de
mutuo acuerdo mediante notificacion escrita via fax, a 10s numeros seiialados en la
Clausula DECIMOQUINTA “Domicilio para notificaciones”.
CUARTA: FORMA DE PAGO.
La forma de pago del importe del presente contrato sera mediante pagare emitido por la
institucion compradora y fechado a 360 dias de la fecha de embarque contra 10s siguientes
documentos:
- Factura comercial.
- Conocimiento de Embarque marcado limpio a bordo.
- Lista de embarque.
El pagare antes citado debera reunir todas las condiciones legales para su plena efectividad
dentro y fuera de la Republica Dominicana.
QUINTA: GARANThS.
RIOGERSA garantiza que todos 10s materiales a suministrase reunen las siguientes
caracteristicas :
- Cumplen con las especificaciones contractuales.
- Son nuevos y de primera calidad.
- Cumplen con las normas europeas aplicables para 10s mismos
Ademas estan garantizados contra cualquier defect0 de fabricacihn durante un periodo de
DOCE meses a partir de su puesta a disposicihn, durante cuyo periodo RIOGERSA se hara
responsable de cualquier gasto que ocasione su reparacihn o sustitucihn; quedan
unicamente excluidos de esta garantia 10s daiios causados por una utilizacihn inadecuada o
el desgaste normal debido a1 USO.
SEXTA: INSPECCIONES.
La Secretaria de Estado de Interior y Policia podra requerir a RIOGERSA para
inspeccionar por su cuenta y a su cargo cualquier product0 objeto del suministro durante su
fabricacihn, embarque o instalacihn. Alternativamente, y con cargo a RIOGERSA, la
Secretaria de Estado de Interior y Policia podra nombrar una entidad supervisora
internacional que realice dicho trabajo en condiciones a ser pactadas de mutuo acuerdo.
SEPTIMA: PENALIZACIONES.
En cas0 de retraso imputable a RIOGERSA, esta se obliga a pagar una penalizacihn no
mayor del 6% del importe de la entrega retrasada, calculado a razhn del 2% mensual por un
maximo de tres meses.
En cas0 de retraso imputable a la Secretaria de Estado de Interior y Policia, se estableceran
las oportunas indemnizaciones calculadas en base a gastos financieros incurridos por
RIOGERSA o inmovilizaciones del personal a su cargo.
OCTAVA:
IMPUESTOS
Y
CONDICIONES
DE
CONTRATACION
INTERNACIONALES.
Todos 10s impuestos, gastos y aranceles de importacihn y tasas de cualquier tipo existentes
en la Republica Dominicana seran asumidos por la Secretaria de Estado de Interior y
Policia.
Todos 10s impuestos y tasas de cualquier tipo existentes en Espaiia seran asumidos por
RIOGERSA.
Salvo lo expresamente dispuesto en este Contrato, 10s terminos de esta contratacihn se
entenderan de acuerdo con lo establecido por 10s INCOTERMS 2000 para ventas C.I.F.
NOVENA: FUERZA MAYOR.
Se entendera por fuerza mayor aquella situacihn no imputable a la Secretaria de Estado de
Interior y Policia o a RIOGERSA que impida el cumplimiento total o parcial del Contrato.
Esta situacion podra ser invocada por la parte que se vea afectada por la misma y sera
comunicada a la otra cuanto antes y por la via mas rapida y fehaciente.
Cualquier situacion de fuerza mayor superior a cuatro meses podra dar lugar a la extincion
del Contrato a peticion de la parte interesada debidamente motivada.
DECIMA: RECEPCION.
A la llegada de cada embarque a la Republica Dominicana, la Secretaria de Estado de
Interior y Policia se compromete a entregar a RIOGERSA un CERTIFICADO DE
RECEPCION FINAL PARCIAL. Una vez finalizado el periodo estipulado en la Clausula
Quinta “GARANTIAS”, la Secretaria de Estado de Interior y Policia entregara a
RIOGERSA un CERTIFICADO DE RECEPCION DEFINITIVA.
UNDECIMA: ENTRADA EN VIGOR.
El presente Contrato entrara en vigor totalmente o capitulo por capitulo tan pronto como se
cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
Obtencion del Poder Especial del Excelentisimo Sr. Presidente de la Republica.
Firma del presente Contrato.
Carta de puesta en vigor firmada por ambos contratantes.
Si este Contrato no pudiera entrar en vigor en un plazo de un aiio a partir de su firma, se
podra optar por su prorroga o extincion mediante acuerdo de ambas partes.
DUODECIMA: COORDINACION.
La Secretaria de Estado de Interior y Policia nombrara un coordinador que sera responsable
de la comunicacion con RIOGERSA durante todo el periodo de ejecucion del Contrato.
DECIMOTERCERA: LITIGIOS.
Toda discrepancia, tanto tecnica como legal debera intentarse resolver mediante acuerdo
amistoso entre las partes.
Si este acuerdo resultara imposible, ambas partes se someten expresamente a1 arbitraje de la
Camara de Comercio Intemacional con sede en Paris, cuyas reglas y laudos seran de
obligado cumplimiento para las partes.
DECIMOCUARTA: INMUNIDAD.
La Secretaria de Estado de Interior y Policia en relacion con cualquier proceso judicial o
extrajudicial, irrevocablemente renuncia a toda inmunidad de la que goce, relativa a la
jurisdiccion, o a citaciones, y declara que no alegara tal inmunidad en ningun proceso.
DECIMOQUINTA: DOMICIL10 PARA NOTIFICACIONES.
SECRETARIA DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA
Domicilio:
Santo Domingo
REPUBLICA DOMINICANA
Telefono
(809)
Fax
(809)
RIOGERSA, S.A.
Paseo de la Castellana, 140
28046 Madrid
ESPARA
Telefono
34.91.564.70.44
Fax
34.91.564.72.86
Y en prueba de conformidad con lo que antecede, de un mismo tenor y buena fe, ambas
partes firman el presente Contrato por duplicado ejemplar, uno para cada una de las partes,
y a un solo efecto, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la Republica Dominican% a
10s veintiocho dias del mes de Enero aiio Dos Mil Cuatro (2004).
POR LA SECRETARIA DE INTERIOR Y POLICIA DE LA REPUBLICA
DOMINICANA
Dr. Pedro Franco Badia
Secretario de Estado de Interior y Policia
RIOGERSA, S.A.
Don Rogelio Blanco
Director Comercial
Hip6lito Me] za
Presidente de l a Repfiblica
Dorninicana
P. E. No. 1204
PODER ESPECIAL AL
SECRETARIO DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA
En ejercicio de las atnbuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la
Republica, y de conformidad con las hsposiciones de la Ley No. 1486 del 20 de marzo de
1938, sobre la Representacion del Estado en 10s Actos Jurihcos, por el presente documento
otorgo Po&r Especial al SECRETARIO DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA,
para que represente al Estado dominicano en la firma de un Convenio con la empresa
espafiola Riogersa, con una linea de credto por un periodo de un (1) afio, para la
adquisicion de piezas de repuestos que serin utilizadas en la flota vehcular del Cuerpo de
Bomberos de Santo Domingo y del interior del pais, por un monto global de TRES
MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y OCHO DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 991100 (US%3,810,138.99).
DADO en Santo Domingo de Guzmh Distnto Nacional, Capital de la Republica
Dominicana, a 10s veintiocho (28) dias del mes de enero del aiio dos mil cuatro (2004).
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
HIPOLITO MEJIA
PROYECTO SUMINISTRO REPUESTOS SECRETARIA DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA
REPUBLICA DOMINICANA
RIOGERSA, S.L.
REPUESTOS VEHICULOS NISSAN
T9TAL F.O.B.
$2,603,110.46
F U T E Y SEGURO
$1 68,847.53
REPUESTOS VEHkULOS ROSE1 TBAUER
TOTAL F.O.B.
$789,511.79
FLETE Y SEGURO
$51,210.70
mwros BASE Y VEHICULARES
TOTAL F.O.B.
$185,430.77
FLETE Y SEGURO
$12,027.74
I
TOTAL PROYECTO
I
TOTAL F.O.B.
$3,578,053.02
FLETE Y SEGURO
$232,085.97
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s
veintiun (21) dias del mes de julio del aiio dos mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia
y 141 de la Restauracion,
Jesus Vasquez Martinez,
Presidente
Melania Salvador de Jimknez,
Secretaria
Sucre Antonio Muiioz Acosta,
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso
Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de julio del aiio dos mil cuatro; aiios 16l0, de
la Independencia y 141°, de la Restauracion.
Alfredo Pacheco Osoria,
Presidente
Nemencia de la Cruz Abad,
Secretaria
Ilana Neuman Hernandez,
Secretaria
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica.
PROMULGO la presente Resolucion y mando que sea publicada en la Gaceta
Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s treinta (30) dias del mes de julio del aiio dos mil cuatro (2004);
aiio 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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