Texto de la norma
Res. No. 183-04 que prorroga por 60 dias a partir del 27 de mayo del año 2004, la actual legislativa ordinaria iniciada el 27 de febrero del citado año 2004.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 183-04
CONSIDERANDO: Que el 26 de mayo del 2004 culmina la primera legislatura ordinaria y aún no se han conocido asuntos de interés general para el país;
CONSIDERANDO: Que el Senado de la República y la Honorable Cámara de Diputados tienen importantes proyectos pendientes, que son fundamentales para el desarrollo de la Nación;
VISTO el artículo 33 de la Constitución de la República.
R E S U E L V E :
UNICO.- PRORROGAR por sesenta (60) días a partir del 27 de mayo del año en curso, la actual legislatura ordinaria iniciada el 27 de febrero del presente año.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los once (11) días del mes de mayo del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
Manuel Alberto Sánchez Carrasco,
Vicepresidente en Funciones
Nemencia de la Cruz Abad
Secretaria
Ilana Neumann Hernández
Secretaria
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los
diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
Jesús Ant. Vásquez Martínez
Presidente
Melania Salvador de Jiménez,
Secretaria
Sucre Ant. Muñoz Acosta,
Secretario
HIPÓLITO MEJÍA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (09) días del mes de junio del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPÓLITO MEJÍA
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