Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 188-03 que aprueba el contrato de fecha 18 de julio del 2002 y sus
addendums, suscrito entre el Estado Dominicano, representado por el Secretario de
Estado de las Fuerzas Armadas y la empresa ICSSI, S. A., sobre la instalacion y
operacion de equipos de digitalizacion de imagenes por Rayos X en 10s puertos
publicos y privados de la Republica Dorninicana para la inspeccion de las cargas que
se manejen en 10s recintos portuarios.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res No. 188-03
VISTO 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Constitucihn de la
Republica.
VISTOS el Contrato suscrito en fecha 18 de julio del aiio dos mil dos
(2002), y sus addendums de fechas 31 de enero del 2003 y 14 de agosto del 2003,
respectivamente, entre el Estado Dominicano y la empresa ICSSI, S.A.
R E S U E L V E :
UNIC0.- APROBAR el contrato suscrito en fecha 18 de julio del aiio dos
mil dos (2002), entre el Estado Dominicano, representado por el Secretario de Estado de las
Fuerzas Armadas, TT. GENERAL JOSE MIGUEL SOT0 JIMENEZ, y la empresa
ICSSI, S.A., representada por BELINDA GALVAN DE BEAUCHAMP, para ejecutar la
instalacihn y operacihn de equipos de digitalizacihn de imagenes por Rayos X en 10s
puertos publicos y privados de la Republica Dorninicana para la inspeccihn de las cargas
que se manejen en 10s recintos portuarios y a la vez para que el servicio sea brindado por la
empresa ICSSI, S.A., con caracter de exclusividad en 10s puertos de: Rio Haina en sus 2
mirgenes, Puerto Plata y Multimodal Caucedo, y sus Addendums de fechas 31 de enero de
2003 y 14 de agosto de 2003, respectivamente, con un period0 de duracihn de 20 aiios, asi
como el contrato No. 42/2003, suscrito en fecha 30 de mayo del 2003, entre la Autoridad
Portuaria Dorninicana y la Empresa ICSSI, S.A., para la facturacihn y cobro del servicio de
Rayos X, asi como solicitar a la Direccihn General de Aduanas la suscripcihn de un
Acuerdo Operativo con la empresa ICSSI, S.A., donde se establezcan 10s porcentajes de
contenedores a ser verificados, 10s cuales se describiran de la siguiente manera:
contenedores de importacihn: 70%; contenedores de exportacihn: 60%; contenedores
vacios de retorno: 100%; contenedores en transit0 internacional de conformidad a la
integridad fisica de su sello de origen, todo de conformidad con lo dispuesto en el contrato
aprobado y sus addendums; que copiados a la letra dicen asi:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.