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Resolución

Resolución 106-03

que aprueba el Segundo Protocolo de la Convención de La Haya, de 1954, para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 jun de 2003fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 10244Gaceta Oficial
Convención Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 106-03 que aprueba el Segundo Protocolo de la Convención de La Haya, de 1954, para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 106-03 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República. VISTO el Segundo Protocolo de la Convención de La Haya de 1954, para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado; suscrito en La Haya, en fecha 26 de marzo de 1999. RESUELVE: UNICO.- APROBAR el Segundo Protocolo de la Convención de La Haya de 1954, para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, suscrito en La Haya, en fecha 26 de marzo de 1999; conscientes de la necesidad de mejorar la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y de establecer un sistema reforzado de protección para bienes culturales, especialmente designados; reiterando la importancia de las disposiciones de la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, adoptado en La Haya, el 14 de mayo de 1954, y haciendo hincapié en la necesidad de completar esas disposiciones con medidas que refuercen su aplicación; desosas de proporcionar a las altas partes contratantes en la convención, un medio para participar más estrechamente en la protección de los bienes culturales; afirmando que las reglas del derecho internacional consuetudinario seguirán rigiendo las cuestiones no reguladas en las disposiciones del presente protocolo, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona