Texto de la norma
Res. No. 81-01 que aprueba el contrato suscrito entre el Consejo Estatal del Azucar,
la Administracion General de Bienes Nacionales y la Comunidad de 10s Siervos de
Cristo Vivo, sobre la donacion de una porcion de terreno en el Distrito Nacional.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 81-01
VISTO el Inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucihn de la Republica
VISTO el contrato de donacihn suscrito en fecha 9 de septiembre de 1997,
entre el Consejo Estatal del Azucar, el Estado Dominican0 y el Ingenio Rio Haina.
R E S U E L V E :
UNIC0.- APROBAR el contrato de donacihn suscrito en fecha 9 de
septiembre del 1997, entre EL CONSEJO ESTATAL DEL AZUCAR, representado
por su Director Gral., Ignacio Rodriguez Chappini, la Direccihn de Bienes Nacionales,
representada por su Director General, seiior Henry Garrido y la Comunidad de 10s
Siervos de Cristo Vivo, representada por su Director Padre Emiliano Tardif, mediante el
cual el primer0 traspasa a la tercera a titulo de donacihn, una porcihn de terreno con una
extension superficial de 20,000 metros cuadrados, dentro del imbito de la parcela No. 9,
del Distrito Catastral No. 19, del Distrito Nacional, Proyecto CEA-Santo Domingo Norte.
ACTO DE TRANSFERENCIA DE TERRENOS
ENTRE:
De una parte, el Ingenio Rio Haina, organism0 estatal authnomo del
Estado, organizado y creado de acuerdo con la Ley No. 7, fecha 19 de agosto de 1966,
validamente representado por el Director Ejecutivo del CONSEJO ESTATAL DE
AZUCAR (CEA), SR. IGNACIO RODRIGUEZ CHAPPINI, dominicano, mayor de
edad, casado, funcionario estatal, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], quien actua en
virtud del poder que le fuera otorgado por el Presidente de la Republica, en fecha 2 de
mayo de 1996, quien en lo adelante del presente acto se denominara en LA PRIMERA
PARTE; y, de la otra parte, el Estado Dominicano, representado por la Administracihn
General de Bienes Nacionales, la que a su vez esta representada por su Administrador
General, seiior DR. HENRY GARRIDO, dominicano, mayor de edad, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido], quien en lo que sigue en el presente acto se denominara EL ESTADO
DOMINICANO.
SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
PRIMERO.. LA PRIMERA PARTE dispone, a titulo de propietario, en
favor de EL ESTADO DOMINICANO, representado por la Administracihn General de
Bienes Nacionales, quien acepta, la transferencia del inmueble que se describe a
continuacihn:
“Una porcihn de terreno con una extension superficial de
20,000.00 metros cuadrados dentro del ambito de la parcela No. 9,
del Distrito Catastral No. 19, del Distrito Nacional, Proyecto CEA-
SANTO DOMING0 NORTE, con 10s siguientes linderos:
AL NORTE:
Parte de la misma Parcela No. 9;
AL ESTE:
Parte de la misma Parcela No. 9;
AL SUR:
Camino Real a Jacagua que la separa de la misma
Parcela No. 9 del D. C. No. 19 del D.N.; y,
Parte de la misma Parcela No. 9”
AL OESTE:
SEGUNDO.. LA PRIMERA PARTE justifica su derecho de propiedad
sobre el inmueble objeto de la presente donacihn, en virtud del Certificado de Titulo No.
60-2447, de fecha lro. de septiembre del 1960, expedido por el Registrador de Titulos del
Distrito Nacional.
TERCERO.. Los terreno objeto de la presente donacihn deberan ser
transferidos a su vez por la Administracihn General de Bienes Nacionales a la entidad
religiosa “COMUNIDAD DE LOS SIERVOS DE CRISTO VIVO”, debidamente
representada por su Director Padre EMILIANO TARDIF.
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CUARTO.. Los terrenos donados en virtud del presente documento, seran
exclusivamente dedicados a la construccion y el entorno del Proyecto Escuela de
Evangelizacion Juan Pablo Duarte 11, de la entidad “COMUNIDAD DE SIERVOS DE
CRISTO VIVO”.
HECHO Y FIRMADO, en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto,
uno para cada una de las partes, y asi se han distribuido , en la Ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s nueve (9) dias del mes de
septiembre del aiio mil novecientos noventa y siete (1997).
POR EL INGENIO RIO HAINA:
POR EL ESTADO DOMINICANO:
SR. IGNACIO RODRIGUEZ CHAPPINI
Director Ejecutivo
Consejo Estatal del Azucar.
DR. HENRY GARRIDO
Administrador General de
Bienes Nacionales.
YO, DR. FEDERICO GUILLERMO SANCHEZ GIL, Notario Publico
de 10s del Numero del Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: Que por ante mi
comparacion libre y voluntariamente 10s seiiores, IGNACIO RODRIGUEZ
CHAPPINI y DR. HENRY GARRIDO, de generales y calidades que constan, quienes
me declararon bajo la fe del juramento, que las firmas que anteceden son las mismas que
acostumbran a usar en todos 10s actos de sus vidas, tanto publicos como privados, por lo
que merecen entera fe y credito.
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s diez (10) dias del mes octubre del aiio mil novecientos
noventa y siete (1997).
DR. FEDERICO GUILLERMO SANCHEZ GIL
Notario Publico.-
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional,
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a
10s treinta (30) dias del mes de junio del aiio mil novecientos noventa y ocho (1998); aiios
155 de la Independencia y 135 de la Restauracion.
Amable Aristy Castro
Presidente
Enrique Pujals
Secretario
Rafael Octavio Silverio
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del
Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de marzo del aiio dos mil uno
(2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
Maximo Castro Silverio
Vicepresidente en funciones
German Castro Garcia
Secretario Ad-Hoc.
Rafael Angel Franjul Troncoso
Secretario
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica.
PROMULGO la presente Resolucihn y mando que sea publicada en la
Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s ocho (8) dias del mes de mayo del aiio dos mil
uno (2001); aiios 158 de la Independencia y 138 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
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