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Resolución

Resolución 94-03

que rechaza el acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Cuba, para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones, suscrito el 15 de noviembre de 1999

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 may de 2003fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 10212Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de la República de Cuba (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Res. No. 94-03 que rechaza el acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Cuba, para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones, suscrito el 15 de noviembre de 1999. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 94-03 VISTO los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República. VISTO el Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de República de Cuba para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones, suscrito en fecha 15 de noviembre de 1999. R E S U E L V E: UNICO.- RECHAZAR el acuerdo suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Cuba, suscrito el 15 de noviembre de 1999, para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones. En este Acuerdo cada parte contratante tiene como objetivo estimular y crear condiciones que propicien las inversiones de capital en su territorio por partes de los inversionistas de la otra parte contratante, y conforme a su derecho de ejercer los poderes conferidos por sus legisladores, admitirá dicho capital. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de enero del año dos mil uno (2001), años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración. Ramón Alburquerque Presidente Ginette Bournigal de Jiménez Secretaria Darío Gómez Martínez Secretario DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil dos (2002); años 159° de la Independencia y 139 de la Restauración. Rafaela Alburquerque Presidenta Ambrosina Saviñón Cáceres Secretaria Rafael Ángel Franjul Troncoso, Secretario HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de mayo del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona