Texto de la norma
Res. No. 94-03 que rechaza el acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Cuba, para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones, suscrito el 15 de noviembre de 1999.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 94-03
VISTO los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República.
VISTO el Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de República de Cuba para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones, suscrito en fecha 15 de noviembre de 1999.
R E S U E L V E:
UNICO.- RECHAZAR el acuerdo suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República de Cuba, suscrito el 15 de noviembre de 1999, para la Promoción y Protección Recíprocas de las Inversiones. En este Acuerdo cada parte contratante tiene como objetivo estimular y crear condiciones que propicien las inversiones de capital en su territorio por partes de los inversionistas de la otra parte contratante, y conforme a su derecho de ejercer los poderes conferidos por sus legisladores, admitirá dicho capital.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de enero del año dos mil uno (2001), años 157 de la Independencia y 138 de la Restauración.
Ramón Alburquerque
Presidente
Ginette Bournigal de Jiménez
Secretaria
Darío Gómez Martínez
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil dos (2002); años 159° de la Independencia y 139 de la Restauración.
Rafaela Alburquerque
Presidenta
Ambrosina Saviñón Cáceres
Secretaria
Rafael Ángel Franjul Troncoso,
Secretario
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de mayo del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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