Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 129-02 que aprueba el convenio de entendimiento, entre el Estado
Dominicano y el Consorcio para el Desarrollo Ferroviario Nacional, Inc., asi como el
contrato de concesion de 10s derecbos exclusivos para la construccion, desarrollo y
explotacion de las vias ferroviarias del pais.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Republica
Res. No. 129-02
VISTOS 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la
Republica.
VISTOS el Convenio de Entendimiento entre el Estado Dominicano y el
Consorcio para el Desarrollo Ferroviario Nacional, Inc., para la construccion, desarrollo,
administracion y operacion del Sistema Ferroviario Nacional, asi como el contrato de
concesion de 10s derechos exclusivos para la constmccion desarrollo y explotacion de las
vias ferroviarias, con la finalidad de constmir el Sistema Ferroviario Nacional cubriendo
como areas de concesion las provincias de Santiago, La Vega, Monseiior Nouel, San
Cristobal, Santo Domingo y el Distrito Nacional.
R E S U E L V E:
UNICO.. APROBAR el Convenio de Entendimiento entre el Estado
Dominicano debidamente representado por el Secretario Tecnico de la Presidencia, LIC.
RAFAEL CALDERON MARTINEZ, y el Secretario de Estado de Obras Publicas y
Comunicaciones, ING. MIGUEL A. VARGAS MALDONADO, y de la otra parte, el
ING. JOSE M. VENTURA, Presidente del CONSORCIO PARA EL DESARROLLO
FERROVIARIO NACIONAL, INC., para la construccion, desarrollo, administracion y
operacion del Sistema Ferroviario Nacional. El Consorcio hace constar su intencion de
invertir, a su exclusivo riesgo, en la ejecucion de 10s derechos que le otorgaria, una suma
aproximada de Cinco Mil Millones de Pesos Dominicanos (RD$5,000,000,000.00) o sea,
Trescientos Millones de Dolares de 10s Estados Unidos de America (US$300,000,000.00)
para la primera fase del proyecto el cual comprende desde Santiago, La Vega, Bonao, Villa
Altagracia, Santo Domingo y hasta Haina, asi como el contrato de concesion de 10s
derechos exclusivos, para la construccion desarrollo y explotacion de las vias ferroviarias,
con la finalidad de construir el Sistema Ferroviario Nacional, percibiendo el Consorcio 10s
ingresos que generen sus actividades; que copiados a la letra dicen asi:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.