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Resolución

Resolución 129-02

que aprueba el convenio de entendimiento, entre el Estado Dominicano y el Consorcio para el Desarrollo Ferroviario Nacional, Inc., asi como el contrato de concesion de 10s derecbos exclusivos para la construccion, desarrollo y explotacion de las vias ferroviarias del pais

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 sept de 2002fecha
Concesióntipo
G. O. 10168Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Consorcio (empresa)
Monto
RD$5 mil millones · en el texto: «RD$5,000,000,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 129-02 que aprueba el convenio de entendimiento, entre el Estado Dominicano y el Consorcio para el Desarrollo Ferroviario Nacional, Inc., asi como el contrato de concesion de 10s derecbos exclusivos para la construccion, desarrollo y explotacion de las vias ferroviarias del pais. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Res. No. 129-02 VISTOS 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la Republica. VISTOS el Convenio de Entendimiento entre el Estado Dominicano y el Consorcio para el Desarrollo Ferroviario Nacional, Inc., para la construccion, desarrollo, administracion y operacion del Sistema Ferroviario Nacional, asi como el contrato de concesion de 10s derechos exclusivos para la constmccion desarrollo y explotacion de las vias ferroviarias, con la finalidad de constmir el Sistema Ferroviario Nacional cubriendo como areas de concesion las provincias de Santiago, La Vega, Monseiior Nouel, San Cristobal, Santo Domingo y el Distrito Nacional. R E S U E L V E: UNICO.. APROBAR el Convenio de Entendimiento entre el Estado Dominicano debidamente representado por el Secretario Tecnico de la Presidencia, LIC. RAFAEL CALDERON MARTINEZ, y el Secretario de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones, ING. MIGUEL A. VARGAS MALDONADO, y de la otra parte, el ING. JOSE M. VENTURA, Presidente del CONSORCIO PARA EL DESARROLLO FERROVIARIO NACIONAL, INC., para la construccion, desarrollo, administracion y operacion del Sistema Ferroviario Nacional. El Consorcio hace constar su intencion de invertir, a su exclusivo riesgo, en la ejecucion de 10s derechos que le otorgaria, una suma aproximada de Cinco Mil Millones de Pesos Dominicanos (RD$5,000,000,000.00) o sea, Trescientos Millones de Dolares de 10s Estados Unidos de America (US$300,000,000.00) para la primera fase del proyecto el cual comprende desde Santiago, La Vega, Bonao, Villa Altagracia, Santo Domingo y hasta Haina, asi como el contrato de concesion de 10s derechos exclusivos, para la construccion desarrollo y explotacion de las vias ferroviarias, con la finalidad de construir el Sistema Ferroviario Nacional, percibiendo el Consorcio 10s ingresos que generen sus actividades; que copiados a la letra dicen asi:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona