Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 124-02 que aprueba el Addendum del 11 de julio del aiio 2002, a1 Acuerdo de
CrCdito del 18 de septiembre del 2001, suscrito entre la Repiiblica Dominicana y
Caterpillar Financial Services Corporation, por un monto de US$30,199,690.00, para
ser destinado a la obtenci6n de equipos y maquinarias para el desarrollo de la zona
fronteriza, aprobado por la Res. No. 186-01.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la Repiiblica
Res. No. 124-02
VISTOS 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Constitucih de la
Rep6blica.
VISTOS
'
-
El Convenio de Financiamiento suscrito el 18 de septiembre del
2001, entre
la Repiiblica Dominicana
(El
Prestatario)
y
CATERPILLAR FINANCIAL SERVICES CORPORATION, con la
garantia del EXPORT IMPORT BANK OF THE UNITED STATES
(EX-IM BANK) por un monto de Treinta Millones Ciento Noventa y
Nueve Mil Seiscientos Noventa D6lares de 10s Estados Unidos de
AmCrica con 00/100 (US$30,199,690.00).
-
El AddCndum del 11 de julio del 2002, al Acuerdo de CrCdito del I8
de septiembre del 2001, antes indicado, aprobado en el Congreso
Nacional el 16 de octubre del 2001 (Chara de Diputados) y el 3 I de
octubre del 2001 (Senado de la Rep~iblica), promulgado mediante
Resoluci6n No. 186-0 1 , del 22 de noviembre del 200 1.
R E S U E L V E :
UNIC0.- APROBAR el Addkndum del 11 de julio del 2002, a1 Acuerdo de
CrCdito del 18 de septiembre del 2001, suscrito entre la REPUBLICA DOMINICANA (El
Prestatario) y CATERPILLAR FINANCIAL SERVICES CORPORATION, con la garantia
del EXPORT IMPORT BANK OF THE UNITED STATES (EX-IM BANK), aprobado en
el Congreso Nacional el 16 de octubre del 2001 (Cgmara de Diputados) y el 31 de octubre
de] 2001 (Senado de la Repdblica) y promulgado mediante Resoluci6n No. 186-01, del 22
de noviembre del 2001, por un monto de Treinta Millones Ciento Noventa y Nueve Mil
Seiscientos Noventa D6lares de 10s Estados Unidos de AmCrica con 00/100
(US$30,199,690.00); 10s terminos financieros en esta enmienda son exactamente 10s
mismos que 10s contenidos en el contrato original supraindicado, except0 10s que se indican
a continuacibn:
El monto total del prCstamo en la enmienda es de Treinta Millones Ciento
Noventa y Nueve Mil Seiscientos Noventa D6lares de 10s Estados Unidos de America con
00/100 (US$30,199,690.00), siendo este el mismo monto establecido en el contrato
original. El monto a ser garantizado por el EX-IM BANK ha sido cambiado de
Veinticuatro Millones Cuatrocientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta y Un
D6lares de 10s Estados Unidos de America con 50/100 (US$24,445,651.50) a una suma que
es exactamente igual al 85% del costo de 10s equipos que estin siendo financiados por un
inonto de Veinticinco Millones Seiscientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Treinta y Seis
D6lares de 10s Estados Unidos de AmCrica con 00/100 (US$25,669,736.00).
El 15% restante ha sido cambiado de Cinco Millones Setecientos Cincuenta
y Cuatro Mil Treinta y Ocho Ddlares de 10s Estados Unidos de America con 50/100
(US$5,754,038.50) a Cuatro Millones Quinientos Veintinueve Mil Novecientos Cincuenta
y Cuatro D6lares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$4,529,954.00) de
conformidad con el ajuste anterior.
Dicha enmienda estipula que la cuota de riesgo del EX-IM BANK ha sido
reducida de un 9.08% en el contrato original a un 7.17%, disminuyendo la misma de Dos
Millones Trescientos Treinta Mil Ochocientos Doce Ddlares de 10s Estados Unidos de
America con 00/100 (US$2,330,8 12.00) a Un Mill6n Ochocientos Cuarenta Mil Quinientos
Veinte D6lares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$1,840,520.00),
significando esto, un ahorro para el ESTADO DOMINICANO de Cuatrocientos Noventa
Mil Doscientos Noventa y Dos Dblares de 10s Estados Unidos de America con 00/100
(US$490,292.00). Esta cuota de riesgo no seri financiada, por lo que deberi ser pagada en
, efectivo y por adelantado por el ESTADO DOMINICANO.
Asimismo, est6 previsto que la Cuota de Seguro Contra Riesgo Politico
debida en la porcidn asegurada por EIC ha sido reducida de Doscientos Treinta Mil Ciento
Sesenta y Dos D6lares de 10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$230,162.00) a
Ciento Noventa y Ocho Mil Doscientos Dieciocho Ddlares de 10s Estados Unidos de
AmCrica con 00/100 (US$198,218.00), significando esta reducci6n un ahorro para el
ESTADO DOMINICANO de Treinta y Un Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro Ddlares de
10s Estados Unidos de America con 00/100 (US$31,944.00). Esta cuota de seguro no sera
financiada, por lo que deber6 ser pagada en efectivo y por adelantado por el ESTADO
DOMINICANO.
Por tiltimo, tambitn permite el pago por adelantado (a) de un monto minim0
de Un
Milldn de D6lares de 10s Estados Unidos de America con 00/100
(US$l ,000,000.00), (b) en cualquier momento y (c) sin una prima o penalidad; que copiado
a la letra dice asi:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.