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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 66-01

que aprueba el Addkndum de fecha 7 de febrero del ano 2001, a1 Contrato de Concesion Aeroportuaria suscrito entre el Estado Dominicano, la Comision Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S.A., aprobado por Resolucion No. 121-99 del 30 de diciembre de 1999

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 abr de 2001fecha
Concesióntipo
G. O. 10081Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S.A (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 66-01 que aprueba el Addkndum de fecha 7 de febrero del ano 2001, a1 Contrato de Concesion Aeroportuaria suscrito entre el Estado Dominicano, la Comision Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S.A., aprobado por Resolucion No. 121-99 del 30 de diciembre de 1999. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Res. No. 66-01 VISTOS 10s Incisos 14 y 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la Republica. VISTO el Addendum a1 Contrato de Concesion Aeroportuaria suscrito entre el Estado Dominicano, la Comision Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. (AERODOM SIGLO XXI), de fecha 7 de febrero del aiio 2001. R E S U E L V E : UNIC0.- APROBAR el Addendum de fecha 7 de febrero del aiio 2001, a1 Contrato de Concesion Aeroportuaria suscrito entre el Estado Dominicano y la Comision Aeroportuaria, debidamente representados por el ING. MIGUEL OCTAVIO VARGAS MALDONADO, Secretario de Estado de Obras Publicas y Comunicaciones y Presidente Ex ~ oficio de la Comision Aeroportuaria, de una parte, y de la otra parte, la empresa AEROPUERTOS DOMINICANOS SIGLO XXI, S. A., (AERODOM SIGLO XXI), debidamente representada por su Presidente y por su Director Ejecutivo, seiiores ING. ABRAHAM JORGE HAZOURY TORAL y ALEX SANTANA, respectivamente, de la otra parte, por medio del cual se introducen algunas modificaciones a1 Contrato y su Addendum, firmados por las mismas partes en fecha 7 de julio de 1999 y 22 de octubre de 1999, aprobados por el Congreso Nacional mediante Resolucion No. 121-99, del 30 de diciembre del 1999. La finalidad de este Addendum es incluir 10s nuevos aeropuertos internacionales de Samana, en la Seccion El Catey y el de El Higuero, en el Distrito Nacional, en la red de aeropuertos internacionales cuya concesion exclusiva de adrninistracion, operacion, mantenimiento, explotacion econornica, renovacion y expansion se otorgo a AERODOM SIGLO XXI, integrada por 10s aeropuertos internacionales de Las Americas, en Santo Domingo; Gregorio Luperon, en Puerto Plata; Arroyo Barril, en Samana, y Maria Montez, en Barahona, asi como fijar en veinticinco (25) aiios la vigencia de dicho contrato; que copiado a la letra dice asi:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona