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Resolución

Resolución 38-01

que aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre la Republica Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM), suscrito el 22 de agosto del 1998, y el Protocolo para la Implementacih del Acuerdo para el Establecimiento del Area del Libre Comercio entre ambas Altas Partes Contratantes, de fecha 28 de abril del aiio 2000

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 feb de 2001fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10074Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
COMUNIDAD DEL CARIBE

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 38-01 que aprueba el Acuerdo de Libre Comercio entre la Republica Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM), suscrito el 22 de agosto del 1998, y el Protocolo para la Implementacih del Acuerdo para el Establecimiento del Area del Libre Comercio entre ambas Altas Partes Contratantes, de fecha 28 de abril del aiio 2000. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Repliblica Res. No. 38-01 VISTOS 10s Inicios 14 y 19 del Articulo 37 de la Constituci6n de la Repcblica. VISTO el Acuerdo de Libre Comercio entre el Gobierno de la Repcblica Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM), suscrito el 22 de agosto del afio 1998, y el Protocolo para la Implementaci6n del Acuerdo para el Establecimiento del Area de Libre Comercio entre ambas Altas Partes Contratantes, suscrito el 28 de abril del aAo 2000. R E S U E L VE: UNICO APROBAR el Acuerdo de Libre Comercio entre el Gobierno de la Reptiblica Dominicana y la Comunidad del Caribe (CARICOM), suscrito el 22 de agosto del afio 1998, y el Protocolo para la Implementaci6n del Acuerdo para el Establecimiento del Area de Libre Comercio entre ambas Altas Partes Contratantes, suscrito el 28 de abril del aiio 2000. El objetivo fundamental de este Acuerdo sed el de fortalecer las relaciones comerciales y econ6micas entre las Partes a traves de: a) El establecimiento de un k e a de Libre Comercio entre las Partes, de conformidad con 10s principios, derechos y obligaciones de 10s miembros de la OMC; b) La promocidn y expansi6n de la venta de bienes que tienen su origen en 10s territorios de las Partes, a traves, entre otras cosas, del libre acceso a 10s mercados de las Partes, eliminacibn de barreras no arancelarias a) comercio y del establecimiento de un sistema de reglas de origen, cooperaci6n aduanera y la armonizaci6n de 10s procedimientos tknicos sanitarios y fitosanitarios; - --------*------- La liberacibn progresiva del comercio de servicios; La liberaci6n del movimiento de capitales entre las Partes, y la promoci6n y proteccibn de inversiones dirigidas a1 aprovechmiento de las oportunidades que ofrecen 10s mercados de las Partes, y el fortalecimiento de su competitividad; La promoci6n de la participacibn activa de 10s agentes econ6micos privados, con miras a profundizar y ampliar las relaciones econ6micas entre las Partes, incluyendo la promoci6n y establecimiento de inversiones conjuntas; La promocibn y el desarrollo de actividades de cooperacibn en las ireas siguientes: agricultura, rnineria, industrias, construcci6n, turismo, transportacibn, telecomunicaciones, banca, seguro, mercado de capi tales, servicios profesionales, ciencia y tecnologia; Desalentar priicticas comerciales anticompetitivas entre y dentro de las Partes; que copiado a la letra dice asi:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona