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Resolución

Resolución 91-99

que aprueba el acuerdo de préstamo No.495-DO suscrito entre la República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, ascendente a ocho millones setecientos cincuenta mil Derechos Especiales de Giro (DEG-8,750.000), para ser destinados a la ejecución del Proyecto para Pequeños Productores de la Región Suroeste

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 sept de 1999fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 10026Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (organismo)
Monto
DEG 8.8 millones · en el texto: «DEG-8,750.000»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 91-99 que aprueba el acuerdo de préstamo No.495-DO suscrito entre la República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, ascendente a ocho millones setecientos cincuenta mil Derechos Especiales de Giro (DEG-8,750.000), para ser destinados a la ejecución del Proyecto para Pequeños Productores de la Región Suroeste. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 91-99 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República. VISTO el contrato de préstamo No.495-DO, entre la República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, suscrito en fecha 19 de enero de 1999, en Roma, Italia. RESUELVE: UNICO: APROBAR el contrato de préstamo No.495- DO, entre la República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, suscrito en fecha 19 de enero de 1999, en Roma, Italia, por un monto en varias monedas ascendentes a ocho millones setecientos cincuenta mil Derechos Especiales de Giro (DEG 8,750,000), destinados a la ejecución del Proyecto para Pequeños Productores de la Región Suroeste. El objetivo principal de este proyecto es el mejoramiento de las condiciones generales de vida y el incremento de los niveles de ingresos de los pobres rurales a través de una producción agropecuaria y microempresarial mejorada, acceso a servicios financieros y a mercados, así como la consolidación de la participación activa y organizada de los beneficiarios y de sus comunidades en los procesos de planificación y ejecución de los programas locales de desarrollo sociales y productivos sostenibles. Dicho préstamo será amortizado por el Estado Dominicano en 29 cuotas semestrales iguales a doscientos noventa y un mil seiscientos sesenta y siete Derechos Especiales de Giro (DEG 291,667), para ser pagados el 15 de enero y el 15 de julio de cada año, comenzando el 15 de julio del año 2004 y terminará el 15 de julio del año 2018, y una cuota de doscientos noventa y un mil setecientos cincuenta y siete Derechos Especiales de Giro (DEG 291.657) a ser pagada el 15 de enero del año 2019, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona