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Resolución

Resolución 22-93

que aprueba el Acuerdo suscrito entre el Gobierno Dominican0 y la Union Latina para el establecimiento en el pais de la sede de dicha institucion

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 dic de 1993fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 9872Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Union Latina (entidad)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No.22-93 que aprueba el Acuerdo suscrito entre el Gobierno Dominican0 y la Union Latina para el establecimiento en el pais de la sede de dicha institucion. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Res. No.22-93 VISTO: El Inciso 19 del Articulo 37 de la Constitucion de la Republica VISTO: El Acuerdo entre el Gobierno de la Republica Dorninicana y la Union Latina, suscrito en fecha 28 de noviembre de 1990. UNICO: APROBAR el Acuerdo suscrito en fecha 28 de noviembre de 1990, entre el Gobierno de la Republica Dorninicana, representado en este acto por el seiior Joaquin Ricardo, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, de una parte; y de la otra parte, La Union Latina, representada por el seiior Phillippe Rossillon, Secretario General de la misma. Mediante el citado Convenio las partes acuerdan establecer la sede de Union Latina , en Santo Domingo, Republica Dorninicana, ubicado en la calle Colon No.8, del sector La Atarazana, con la condicion de que Sean respetados el plan0 de utilizacion y el programa de ocupacion dentro del plazo garantizado por la Oficina de Patrimonio Cultural y siempre que sea entendido que esta cesion no tiene caracter de donacion. El presente acuerdo entrara en vigor provisionalmente a partir de la fecha de su firma y definitivamente en la fecha que ambas partes hayan cumplido las formalidades exigidas en sus respectivos ordenamientos legales. El presente acuerdo tendra una vigencia de cinco (5) aiios con tacita reconduccion; que copiado a la letra dice asi:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona