Texto de la norma
Res. No. 1 9 que aprueba todos los actos efectuados por el Poder Ejecutivo durante el año 1988.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 100-89
VISTO el Artículo 37 de la Constitución de la República, atribución segunda del Congreso Nacional.
VISTO el resultado del examen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1988, contenidos en el Mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República y en las Memorias de los Secretarios de Estado que lo acompaña, el 27 de febrero de este año.
VISTO el Informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República relativo al Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1988.
CONSIDERANDO: Que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1988, así como la Recaudación e Inversión de las Rentas Nacionales, se han ajustado a la Constitución y las Leyes.
R E S U E L V E :
Artículo 1.- APROBAR todos los actos efectuados por Poder Ejecutivo durante el año 1988, por estar ajustados a la Constitución y las Leyes.
Artículo 2.- APROBAR igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el Estado de Recaudación e Inversión de las Rentas Fiscales durante el año 1988.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 127° de la Restauración.
Francisco A. Ortega Canela
Presidente
Juan José Mesa Medina
Secretario
Salvador A. Gómez Gil
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana al primer (1) día del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 127° de la Restauración.
Luis José González Sánchez
Presidente
Aminta Vólquez de Pérez,
Secretaria
Roberto A. Acosta Angueles,
Secretario.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 127° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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