Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 20-86 que aprueba la Enmienda No. 3 al Acuerdo de Préstamo suscrito entre el Gobierno Dominicano y los Estados Unidos de América a través de la AID, sobre Rehabilitación y Mantenimiento de Caminos Vecinales II.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 20-86
VISTOS los Incisos 14 y 19 del Art. 37 de la Constitución de la República,
VISTA la Enmienda No. 3 al Acuerdo de Préstamo suscrito en fecha 30 de junio de 1983 entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), para la puesta en ejecución del proyecto sobre Rehabilitación y Mantenimiento de Caminos Vecinales II,
RESUELVE:
UNICO: APROBAR la Enmienda No. 3 al Acuerdo de Préstamo suscrito en fecha 30 de junio de 1983, para la puesta en ejecución del proyecto sobre Rehabilitación y Mantenimiento de Caminos Vecinales II, entre el Gobierno de la República Dominicana, representado por el Ing. Pedro Delgado Malagón, Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), representado por los señores Robert Anderson, Embajador y Philip R. Schwab, Director, Misión de la A.I.D. en la República Dominicana. Mediante esta enmienda pactada en fecha 20 de diciembre de 1984, el Gobierno
de los Estados Unidos de América, actuando a través de la A.I.D. acuerda prestar al Gobierno Dominicano la suma de dos millones ciento cincuenta mil dólares estadounidenses (US$2,150,000.00) adicionales a la suma de diez millones seiscientos cincuenta mil dólares estadounidenses (US$10,650,000.00) prestada según contrato de fecha 30 de junio de 1983, y sus enmiendas, para que dicho préstamo ascienda a doce millones ochocientos mil dólares estadounidenses (US$12,800,000.00), modificándose el Artículo 3, Sección 3.1 en lo que respecta al monto del préstamo, el Artículo 3, Sección 3.2 (B) aumentando el aporte del Prestatario de doce millones setecientos ochenta mil dolares estadounidenses (US$12,780,000.00) a quince millones trescientos sesenta mil dólares estadounidenses (US$15,360,000.00) y la Tabla No. 1 del Anexo 1, aumentando la porción del Prestatario al equivalente de dos millones quinientos ochenta mil dólares estadounidenses (US$2,580,000.00), que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.