jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 86-87

que aprueba e l Contrato suscrito entre el Estado Domihicano y varias empresas que integran e l Consorcio Nizao, para la construccidn de 10s Proyectos Jiguey-Aguacate y e l Acueducto Valdesia-Santo Domingo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 nov de 1987fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9723Gaceta Oficial

Contraparte y monto

Monto
RD$263 millones · en el texto: «RD$263,039.550.12»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto recortado: el documento completo está en el original.

Mostrar el texto (59,858 caracteres)
Res. No. 86-87 que aprueba e l Contrato suscrito entre el Estado Domihicano y varias empresas que integran e l Consorcio Nizao, para la construccidn de 10s Proyectos Jiguey-Aguacate y e l Acueducto Valdesia-Santo Domingo. EL bNGRES0 NACIONAL En Nombre de l a Repiiblica Res. No. 86-87 VISTOS 10s Incisos 1 4 y 19 del A r t . 37 de l a Constituci6n de l a RepGblicat VISTO e l Contrato suscrito en fecha 21 de mayo de 1987, entre e l EWADO DOMINICANO y e l CONSORCIO NIZAO, para l a construcci6n de 10s Proyectos JIGUEY-AGUACATE y e l ACUEDUCTO VALDESIA-SANTO. DOMINGOr R E S U E L V E UNICOr APROBAR e l Contrato suscrito en fecha 21 de mayo de 1987, entre e l ESTADO DOMINICANO, debidamente representado por e l Excelentisimo Sezor Presidente de l a RepGblica, DOCTOR JOAQUIN BALAGUER, de una partet y de l a otra parte, las empresas Impresit-Girola-Lodigiani (IMPREGILO) S.P.A., representada por su Director Ejecutivo D r . Paolo Lodigianit Cogefar Costruzioni Generali S.P.A. , representada por su Director General Ing. Pietro Martinengot Recchi S . P. A. , Costruzioni Generali , representada por su Director General Ing. Vittorio Vaccheta e Ingenieria y Construcciones, C. por A., representada por s u Presidente Josi? August0 Tomas, firmas, que integran e l Consorcio Nizao, que realizardn 10s trabajos de construcci6n de 10s Proyectos L JIGUEY-AGUACATE y el ACUEDUCTO VALDESIA-SANTO DOMINGO, por un monto total de RD$263,039.550.12 (DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS CON DOCE CENTAVOS)! que copiado a la letra dice aslt CONTRATO GENERAL 2261 - INDRHI ENTRE2 De una parte, el Estado Dominicano, debidamente representado por el Excelentlsimo Sezor Presidente de la RepGblica Dominicana, DOCTOR JOAQUIN BALAGUER, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cddula de Identif icaci6n Personal No. [cédula], domiciliado y residente en [domicilio omitido] quien en lo sucesivo se denominar6 "EL ESTADO DOM1NICANO"t y de la otra parte, las empresas IMPRESIT-GIROLA-LODIGIANI (IMPREGILO) S.P.A., firma constitulda y organizada de acuerdo a las leyes italianas, con asiento social y domicilio principal en Milhn, Via Santa Sofia No. 37, Italia (denominada en lo sucesivo IMPREGILO), debidamente representada por el DR. PAOLO LODIGIANI , de nacionalidad italiana, mayor de edad, casado, empresario, portador del pasaporte italiano No. [omitido], domiciliado y residente en [domicilio omitido], quien actca en virtud de su calidad de Director Ejecutivo de IMPREGILO, seqh documentaci6n y Poder debidamente legalizado, anexot COGEFAR COSTRUZIONI GENERALI S. P.A, organizada conforme con las leyes italianas, con su domicilio principal ubicado en Milh, Bastioni di Porta Nuova No. 21, Italia (en lo sucesivo denominada COGEFAR), debidamente representada por el ING. PIETRO MARTINENGO, de nacionalidad itaiiana, mayor de edad, casado, ingeniero, portador del pasaporte italiano No. [omitido], domiciliado y' residente en [domicilio omitido], quien act6a en virtud de su calidad de Director General de COGEFAR, segh documentaci6n y Poder debidamente legalizado, anexot RECCHI S. P.A. , COSTRUZIONI GENERALI, constituzda y organizada de acuerdo con las leyes de la Repcblica de Italia, con su domicilio principal ubicado en Turin, Via Montevecchio No. 28, Italia, (en lo sucesivo denominada RECCHI), debidamente representada por el ING. VIlTORIO VACCHETTA, italiano, mayor de edad, casado, ingeniero, portador del pasaporte italiano No. [omitido] B, domiciliado y residente en [domicilio omitido], quien actiia en virtud de su calidad de Director General de RECCHI, segh documentaci6n y Podqr debidamente legalizado, anexot e INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, C. FOR A., constituida y organizada de conformidad con las leyes dominicanas, con su domicilio social y asiento principal ubicado en la Ciudad de Santiago de 10s Caballeros, provincia Santiago, RepGblica Dominicana, en la Avenida Juan Pablo Duarte No. 56 (en lo adelante llamada INGCO), debidamente representada por el ING. JOSE AUGUST0 TOMAS, dominicano, mayor de edad, casado, ingeniero, con Gdula de Identif icaci6n Personal No. [cédula] , domiciliado y residente en [domicilio omitido] quien actGa en su calidad de Presidente de INGCO, seqh anexor firmas que integran el CONSORCIO NIZAO, debidamente asociadas, y cumpliendo con lo establecido por a1 Ley No. 322 de fecha 2 de junio de 1981, Gaceta Oficial No. 9556, y que en lo adelante se denominardn EL CONTRATISTAt FOR CUANM (1)z EL ESTADO DOMINICANO procederd a la construcci6n de 10s Proyectos Jiguey-Aguacate y el Acueducto de Valdesia-Santo Domingo, declarados de alta prioridad nacional en virtud del Decreto No. 1190-86-413, de fecha catorce (14) de noviembre de mil novecientos ochenta y seis (1986) y ha decidido responsabilizar de la ejecuci6n de estos proyectos en su nombre a una Entidad Ejecutora representada por INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRAULICOS (INDRHI) y la CORFORACION DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMING0 (CAASD), se& le correspondar POR CUANTO (2)r El Gobierno Dominican0 convoc6 a un concurso privado a las f irmas IMPREGILO, AGROMAN Y MORRISON-KNUDSEN, empresas italiana, espazola y norteamericana respectivamente, para la construcci6n de 10s referidos proyectos, firmas extranjeras que participaron asociadas con empresas locales, en cumplimiento de la Ley No. 322 de fecha 2 de junio de 1981, Gaceta Oficial NO. 9556, FOR CUANTO ( 3 ) ~ De la evaluaci6n de las ofertas result6 seleccionada la presentada por la firma IMPREGILO, empresa italiana, e INGCO, empresa dominicana, por ser considerada la d s conveniente a 10s intereses del Estado Dominicanot FOR CUANTO (4) z La oferta seleccionada anexaba una evaluaci6n aproximada de car6cter provisional del valor del suministro y la instalaci6n de 10s equipos mec6nicos, el6ctricos y estructuras hidrdulicas de acero para el Proyecto de Jiguey-Aguacate, as: como una propuesta para el diseflo y la construcci6n del Acueducto Valdesia-Santo Domingo, y la disposici6n de ejecutar 10s trabajos de construcci6n de las Carreteras y Caminos de Acceso a las Obras del Proyecto Jiguey-Aguacater FOR CUANTO ( 5 ) r .A las empresas IMPREGIIX) e INGCO se asociaron las compazias COGEFAR Y RECCHI, atendiendo a las consideraciones seflaladas en el pregmbulo del Contrato Previo, suscrito por las partes en fecha 25 de marzo de 1987 para las Carreteras y Caminos de Acceso a las Obras del Proyecto Jiguey-Aguacate t FOR CUANTO (612 Se habia convenidn en el Contrato Previo que su objeto seria incluido y absorbido por. el presente Contrato, pasando inmediatamente a formar parte del mismo, y en el entendido de que el anterior prekbulo forma parte integrante del presente Contrator SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTEz ARTICULO 1. ENTIDAD EJECUTORAz Es el INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS HIDRAULICGS (en lo adelante INDRHI), y la CORFORACION DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARIUADO DE SANTO DOMINGO (en i o adelante CAASD), organismos estatales que gozan de autonomia funcional, personalidad juridica y plena capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones en materia de sus competencias. Cualquiera de estos organismos actuar6 por sl solo con independencia y en calidad de ENTIDAD EJECUTORA, con relaci6n a todos 10s derechos y obligaciones que en virtud del presente Contrato les son establecidos a la ENTIDAD EJECUTORA en la ejecuci6n de 10s proyectos que han sido encargados ba jo sus responsabilidades, pudiendo ejercer, en consecuencia, todas las acciones previstas en el Contrato. EL INDRHI ser6 el organismo encargado y responsable de velar por la fiel ejecuci6n del Proyecto Jiguey-Aguacate y de las Carreteras y Caminos de Acceso. La CAASD ser6 el organismo responsable y encargado de velar por la fiel ejecuci6n del Proyecto "Sistema de Abastecimiento de Aqua Potable desde la Presa de Valdesia a Santo Domingo". ARTICULO 2. ALCANCE DEL CONTRATOI El presente Contrato comprende lo indicado a continuaci6n: 1. La Construcci6n de Ingenierla Civil de todas las estructuras de 10s Proyectos Hidroel6ctricos de Jiguey'Aguacate. 2. La fabricaciGn, suministro, transporte, instalacihn, ensayos de fdbrica y en la Obra y puesta en marcha de todos 10s equipos mec6nicos - estructuras hidrdulicas de acero - equipos el6ctricos - subestaciones de 10s Proyectos Hidroel6ctricos de Jiguey-Aguacate, tal como se indica en las Especificaciones Tgcnicas, planos, lista de precios y tabla de datos tgcnicos de 10s proyectos. Estas Obras ser6n ejecutadas bajo un Subcontrato o por firmas que se integren a las empresas que conforman el Consorcio Nizao, previa aprobaci6n de la ENTIDAD EJECUTORA para facilitar un posible financiamiento de esta Obra de ser solicitado por el ESTADO DOMINICAN0 u otras causas aprobadas por las partes. 3. La revisidn del Proyecto del Acueducto Valdesia-Santo Domingo, el estudio de detalle y el disefio definitivo del mismo desde la Presa de Valdesia hasta la Torre de Partici6n. 4. La construcci6n de ingenieria civil de todas las estructuras del Acueducto Valdesia-Santo Domingo, segh el trazado que conlleve la menor longitud de tfineles, con soluci6n de doble tuberia (alternativa A) presentada por el Contratista en fecha dieciocho (18) de marzo de 1987). , 5 . La fabricaci6nt transporte, suministro, instalaci6nt ensayos y puesta en marcha de la Planta Potabilizadora y Torre de Partici6n del Acueducto - Valdesia-Santo Domingo. 6. La construccidn de todas las Carreteras y Caminos de Acceso a las Obras Permanentes de 10s Proyectos indicados anterionnente en 10s puntos 1 y 2, y 10s Caminos de Obras indicados en la oferta del Contratista, todo segiin lo especificado en el Articulo 1 del Contrato Previo. 7. El disefio, la construcci6n y el mantenimiento de 10s trabajos temporales. ARTICULO 3. PLAZO DE EJECUCION: EL CONTRATISTA se compromete a realizar l a s Obras y Proyectos comprendidos en e l A r t k u l o 2 del presente Contrato dentro de 10s plazos siguientes t Carreteras y Caminos de Acceso a l a s Obras del Proyecto Jiguey-Aguacate , dentro de 10s plazos indicados en e l Programa de Ejecuci6n que figura en como documento 3 del Contrato Previot Terminaci6n de l a s Presas Jiguey y Aguacate y Obras conexas que posibiliten llenar 10s embalses, e l primer0 ( l r o . ) de a b r i l de 19901 Terminaci6n de l a s Obras Electromecsnicas listas para l a puesta en operaci6n comercial de 10s generadores de l a s casas de msquinas de las Presas de Jiguey y Aguacate: 1. Generadores N o s . 1 y 2 de l a Central Hidroel6ctrica de Jiguey, e l lro, de noviembre de 19901 2. Generadores N o s . 1 y 2 de la Central Hidroel6ctrica de Aguacate, e l lro. de diciembre de 19901 Respecto a1 Acueducto Valdesia-Santo Domingo: 1. Entrega de 10s estudios, diseEo y presupuesto (incluyendo 10s andlisis de costos desglosados y memorias de c6lculo), e l 31 de agosto de 19871 2. Acuerdo sobre l a oferta del Contratista e inicio de 10s trabajos e l 31 de octubre de 1987) 3. Terminaci6n de l a s Obras del Proyecto, e l 30 d e a b r i l de 1990. 10s PARRAFO I: En raz6n de l a no definici6n en 10s documentos existentes de datos pertinentes para l a selecci6n y valoraci6n de 10s _equipos electromecdnicos del Proyecto Jiguey - Aguacate, y . a f a l t a de 10s datos def initivos del Proyecto Acueducto Valdesia-Santo Domingo, l a s fechas de terminaci6n objeto de las Letras c ) y d ) anteriormente indicadas, sersn revisadas a1 momento de l a aceptaci6n de l a s ofertas de 10s proveedores de 10s equipos electromecdnicos y a1 def i n i r s e e l Proyectos del Acueducto Valdesia-Santo Domingo, s e g h corresponda, pudiendo ser disminuidas, mantenidas o extendidas dichas fechas de terminaci6n. PARRAFO 11: Las fechas de terminaci6n objeto del presente articulo son fijadas tomando como base que e l Anticipo Contractural serd pagado dentro del plazo de quince (15) dias contados a p a r t i r de l a fecha de l a firma del Contrator en consecuencia, si e l Anticipo Contractual previsto en e l Contrato e s entregado con posterioridad a este plazo, las fechas de terminaci6n sersn reajustadas por acuerdo entre las partes. ARTLCULO 4. MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: 4.1 Precios y cantidades: E l monto estimado del Contrato es por l a s sumas de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES TREINTINUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS OR0 DOMINICANOS CON 12/100 (RD$263,039,550.12) y CIENTO OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES ESTADOUNIDENSES CON 32/100 (US$181,229,698.32). Estas sumas son s610 estimadas y provisionales. EL ESTADO DOMINICANO pagard a EL CONTRATISTA por l a e j e c u c i h de l a s obras y proyectos objetos del Contrato las sumas determinadas por e l t o t a l de l a s unidades de trabajo e jecutadas multiplicadas por 10s precios unitarios establecidos en cada moneda en 10s documentos del Contratot estos precios serdn f i j o s y no se renegociardn 10s mismos a1 cambiar las cantidades de trabajo indicadas en l a s l i s t a s de cantidades y precios de 10s documentos del Contrato, sea por aumento o por disminucih de las mismas, segh se establece en l a cl6usula B 20 de las Condiciones Generales de este Contrato. Ademk se pagar6 e l costo de 10s trabajos adicionales s e d n se establece en 10s Documentos d e l Contrato. E l monto del pago f i n a l determinard e l precio del Contrato. E l precio estimado previsto incluye l o que a continuaci6n se indica: a ) Obras Civiles de RD$i45,259,859.00 y US$94,502,309.00 Jiguey Aguacate: b) Carreteras y Cami- nos de Acceso, ob- j e t o del Contrato Previo: RD$20,321,496.26 y US$8,621,240.84 c) Obras Electromecd- nicas y Estructuras Hidrdulicas Jiguey- Aguacate : Suma provisional: RD$6,000,000.00 y US$36,000,000.00 Sub-total RD$245,831,355.26 y US$169,373,549.84 e 1 Imprevistot ~~$17,208,194.86 y US$11,856,148.48 Total RD$263,039,550.12 y US$181,229,698.32 Los montos indicados para las Obras Electromecdnicas y Estructuras Hidrdlulicas y para el Acueducto Valdesia-Santo Domingo, son sumas provisionales y serdn definidos a1 momento de recibir las respectivas ofertas para las Obras Electromecdnicas y Estructuras Hidrdulicas de acero, y a1 definirse el Proyecto para el Acueducto Valdesia-Santo Domingo. En cas0 de desabastecimiento del cement0 en el mercado nacional, EL ESTADO DOMINICANO lo importard a traves de sus organismos correspondientes, o alternativamente EL CONTRATISTA lo comprard desde el exterior, previa aprobaci6n de LA ENTIDAD EJECUTORA. En este Gltimo caso, las proporciones de 10s pagos en d6lares de Estados Unidos de Amgrica y pesos or0 dominicanos indicados en este articulo para las obras civiles de Jiguey-Aguacate y para las Carreteras y Caminos de Acceso serdn reajustadas de acuerdo entre las partes. 4.2 Anticipo y Mecanismos de Devoluci6n: Un Anticipo Contractual ser6 pagado p0.r el ESTADO DOMINICANO a EL CONTRATISTA dentro de un plazo de quince (15) dias contados a partir de la fecha de la firma del Contrato y contempordneamente a la presentaci6n por parte de EL CONTRATISTA de la Garantia indicada en el Articulo 6 (a) siguiente. t El Anticipo Contractual es del quince por ciento (15%) del monto del Contrato con exclusi6n de las sumas provisionales previstas para las Obras Electrodomgsticas (para las cuales regir6n en lo concerniente a la forma de pago, las normas gue se acordargn una vez recibidas y aceptadas las respectivas ofertas), de las sumas provisionales previstas para el Acueducto Valdesia-Santo Domingo (cuyo anticipo serd establecido a1 tiempo de la definici6n y aceptaci6n de la relativa oferta) y de las sumas establecidas como Imprevistos. El Anticipo Contractual calculado, indicado anteriormente, es de VEINTICUATRO MILLONES O'CHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TRES ,PESOS OR0 DOMINICANOS CON VEINTIOCHO CENTAVOS (~~$24,837,203.28) mds QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTIDOS DOLARES ESTADOUNIDENSES CON CUARENTISIETE CENTAVOS (US$15,468,532.47) , de 10s cuales TRES MILLONES DE PESOS OR0 DOMINICANOS (RD$3,000.000.00) y TRES MILLONES DE DOLARES ESTADOUNIDENSES (~S$~,OOO,OOO. 0 0 ) ya fueron pagados previamente a EL CONTRATISTA, como consecuencia de lo estihalado en el Contrato Previo. El Anticipo Contractual serg reembolsado a partir de la facturaci6n correspondiente a la d6cima estimaci6n mensual. En esta estimaci6n mensual LA ENTIDAD EJECUTORA determinard el porcentaje de amortizaci6n a descontarse en cada facturaci6n mensual, de acuerdo con la siguiente f6rmula: P A M = M T C X15% MTC-MTF9 En donder PAM = Porcentaje de Amortizaci6n Mensualr MTC = Monto Total del Contrato, estipulado en las Letras a) y b) del numeral 4.1 del Articulo 4 de este Contrato. MTFQ = Monto Total Facturado en concept0 de trabajo ejecutado hasta l a novena estimacidn mensual inclusive. 4.3 Pago de Facturas Mensuales: E l monto de cada una de l a s facturas mensuales de EL CONTRATISTA para fines de pago por trabajos ejecutados, a s i como para pago f i n a l se efectuar6 de acuerdo con lo establecido en las Cldusulas B 21 de l a s Condiciones Generales, C 1 2 de l a s Condiciones Especiales y en e l Art’lculo 3, numeral 3 . 3 del Contrato Previo. ARTICULO 5. FIANZAS Y SEGUROSr 5.1 Fianzas: a ) D e Anticipo: Para poder recibir el Anticipo Contractual EL CONTRATISTA deber6 entregar una Fianza de Garantia de Anticipo por e l cien por ciento ( 1 0 0 % ) de su valor equivalente en pesos or0 dominicanos (RD$) o en sus respectivas monedas, expedidas por un fiador autorizado para operar en l a RepGblica Dominicana y aprobados por l a EXTIDAD EJECUTORA. E l valor de dicha fianza serh reducido de l a misma manera en que se restituye e l Anticipo Contractual, segih l o indicado en e l Artlculo 4, numeral 4.2 del presente Contrato. b) De Fiel Cumplimiento: EL CONTRATISTA deberd suministrar dentro de l a s dos ( 2 ) semanas contadas a p a r t i r de l a fecha de vigencia del Contrato, Fianzas de Fiel Cumplimiento para l a s Obras Civiles de 10s Proyectos Jiguey-Aguacate y de l a s Carreteras y Caminos de Acceso, de acuerdo a l o establecido en l a Cl6usula B 7.2.1. de l a s Condiciones Generales de este Contrato. Fianzas de Fiel Cumplimiento suplementarias para l a s Obras Electromechnicas y Estructuras Hidrdulicas de Acero de 10s Proyectos Jiguey-Aguacate y e l Acueducto Valdesia-Santo Domingo, serin suministradas posteriormente, s e g b l o establecido en la C16usula B 7.2.1. de l a s Condiciones Generales de este Contrato. E l valor de cada Fianza de Fiel Cumplimiento serg equivalente a1 veinte por ciento (20%) del monto correspondiente estipulado en l a s Letras a ) y b) y para 10s montos que se acordarhn para l a s obras objeto de las Letras c ) y d) del numeral 4.1 del Articulo 4 de este Contrato. Cada Fianza de Fiel Cumplimiento prevista estar6 en vigencia hasta l a fecha en que LA ENTIDAD EJECUTORA emita e l Certificado de Terminacidn de l a s respectivas obras y EL CONTRATISTA otorgue l a correspondiente Fianza de Conservaci6n de Obra. En e l cas0 de que l a ENTIDAD EJECUTORA emita para cualquier parte de las obras un Certificado de Terminaci6n Parcial de Obras, t a l como se prescribe en l a Cldusula B 16.13 de las Condiciones Generales, e l valor de l a Fianza de Fiel Cumplimiento que ampara esas obras serh reducido en proporci6n a1 valor de la parte de obra terminada. En t a l caso, EL CONTRATISTA debers ot2rgar una Fianza de Conservaci6n de Obra por un valor equivalente a1 diez por ciento (10%) del valor de l a parte de obra terminada. c ) D e Conservaci6n de Obras: EL CONTRATISTA, antes de la cancelaci6n parcial o . t o t a l de cada Fianza de F i e l Cumplimiento de las Obras, deber6 otorgar en favor de la ENTIDAD EJECUTORA, y emitida por una instituci6n afianzadora debidamente autorizada para esta clase de operaciones en l a Rep6blica Dominicana, las fianzas previstas en l a Clhusula B.7.2.2 de las Condiciones Generales del presente Contrato. 5:2 Seguros a ) Sequros para las Obras: Antes del i n i c i o de las obras, y dentro de 10s t r e i n t a ( 3 0 ) dlas subsiguientes a la fecha de vigencia d e l Contrato, EL CONTRATISTA deber6 obtener y mantener vigentes a su propia cuenta, hasta l a fecha de entrega del Certificado de Tenninacidn de Obra, seguros para las obras, de acuerdo a l o establecido en l a Cldusula B.8.1.1 de las Condiciones Generales del presente Contrato. b) Seguro Contra Responsabilidad Civil: EL CONTRATISTA deberh contratar y mantener una pdliza de seguro de acuerdo a l o previsto en l a Cl6usula B.8.6. de las Condiciones Generales del Contrato. c ) Seguros de Transporte, seguros durante eliminaci6n de defectos: EL CONTRATISTA, igualmente, deberh contratar y mantener p6lizas de seguro para estos casos, de acuerdo a l o establecido en l a s Clhusulas B 8.4 y B 8.5 de las Condiciones Generales del Contrato. t d ) P6lizas de Seguro Social y Accidentes de Trabajo: EL CONTRATISTA deber6 procurar estas p6lizas a su propio costo, como est6 previsto por las leyes de seguridad social de l a RepGblica Dominicana. 5.3 Retenciones: En adici6n a l a s Fianzas de Fiel Cumplimiento previstas y con e l mismo propdsito de garantizar e l f i e 1 cumplimiento d e l Contrato, LA ENTIDAD EJECUTORA retendrz un porcentaje en sumas de dinero de las facturaciones mensuales de EL CONTRATISTA, sumas que podr6n ser sustituzdas a opci6n de LA ENTIDAD EJECUTORA por fianzas o garantzas, segih lo acordado en l a C16usula C 12.1. de l a s Condiciones Especiales de este Contrato. ARTICULO 6. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Los documentos indicados a continuaci6n forman parte del Contrato, y en c a m de discrepancias reqird e l siguiente orden de prelaci6n: 1. E l Contrato propiamente dicho, que integra a1 Contrato Previor 2. Las Condiciones Especialesr 3. Las Condiciones Generales 4. Las aclaraciones, rectificaciones y ratificaciones aceptadas por LA ENTIDAD EJECUTORAI 5. La oferta aceptada de EL CONTRATISTA? que incluye el Cronograma de Trabajot 6. Especificaciones T6cnicas Particularesr 7. Especificaciones T6cnicas Generales? 8. Planos en vigor en cada momentor 9. Listas de Cantidades y Preciosr 10. Los dem6s Documentos de Licitaci6n para el Proyecto Jiguey-Aguacatet 11. Normas, disposiciones y reglamentos dictados pol: la ENTIDAD EJECUTORA. ARTICULO 7. ENTENDIMIENTO DE LOS PRECIOS UNITARIOS: Los precios unitarios son precios fijos y no pueden ser alterados. No se realizar6 renegociaci6n de precios unitarios a1 cambiar el niimero de las unidades de trabajo indicadas en la Lista de Cantidades y Precios, sea por aumento o por disminuci6n de las mismas. No se reembolsar6 a EL CONTRATISTA el aumento de 10s sueldos o salarios de la mano de obra dominicana, de beneficios sociales, beneficios de compensaci6n, o cualesquier otros pagos que EL CONTRATISTA hiciera a sus trabajadores o empleados dominicanos especializados o no, a menos que Sean establecidos por leyes, decretos y reglamentos, aprobados con posterioridad a1 treinta ( 3 0 ) de marzo de mil novecientos ochentisiete (19871, fecha en la que EL Q)NTRATISTA entreg6 su oferta revisada con sus an6lisis de precios unitarios. Los aumentos originados por pactos colectivos o pactos acordados, ambos aprobados, entre EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD EJECUTORA y 10s representantes de 10s trabajadores en las obras, serdn reembolsados en su totalidad. El reembolso serd hecho a EL CDNTRATISTA en base a la presentaci6n mensual de las planillas de personal utilizado, en las que deben aparecer las sumas devengadas antes y despu6s del aumento. No se reembolsar6 a EL CONTRATISTA el aumento del costo de materiales en la categorla correspondiente a pesos or0 dominicanos (RD$), salvo en el reajuste directo de precios en el cas0 del cemento, madera, acero de refuerzo y acero estructural, combustible, lubricantes derivados del petrGleo, asfalto y transporte local. Igualmente, no se reembolsar6 a EL CDNTRATISTA el aumento del costo de materiales en la categoria correspondiente a d6lares de 10s Estados Unidos de hgrica (US$), salvo en el cas0 de reajuste directo 'de precios de acero de refuerzo y estructural, tuberia de hierro, encofrado met6lico, explosivos, madera y plywood para concof rado, materiales de neopreno y PVC, aditivos y transporte desde el exterior. El reembolso le ser6 hecho a .. EL CONTRATISTA cuando demuestre por medio de pruebas aceptables para EL INGENIERO (escogido seg6n 10s casos y conforme a la Cl&sula B 1.6. de las Condiciones Generales) y LA ENTIDAD EJECUTORA que el precio de tales materiales ha sido objeto de aumento como a continuaci6n se indica3 1. Para 10s bienes adquiridos en la RepGblica Dorninicana objeto de reajustesr Los aumentos oficiales en el mercado local (except0 para 10s lubricantes por 10s cuales regirdn 10s precios del mercado libre local) con posterioridad a1 30 de marzo de 1987. 2 . Para 10s bienes adquiridos en el extranjero objeto de reajustes: Los aumentos en el mercado libre extranjero con posterioridad a1 31 de octubre de 1986. EL ESTADO DOMINICANO, a travgs de LA ENTIDAD EJECUTORA le reembolsard a EL CONTRATISTA una suma igual a la diferencia en tales precios en sus respectivas monedas multiplicados por el nhero de unidades adquiridas por EL CONTRATISTA para las obras comprendidas en el Contrato. Igual derecho asiste a EL ESTADO DOMINICANO en todos 10s casos previstos en el presente artkulo, s i ocurriere disminuci6n en 10s renglones anterionnente citados. t Cualquier aumento de 16s salarios y del costo de 10s beneficios y seguros sociales para todo el personal europeo expatriado de EL CONTRATISTA empleado para las obras, ser6 reembolsado sobre la base de 10s aumentos del costo de 10s precios del consumidor para familias de obreros y empleados que resulten segh 10s indices generales publicados por el "Instituto Centrale di Statistica (ISTAT)" de Italia, debidamente certificados por un Consulado de la Repcblica Dominicana en -3talia. Igualmente, cualquier aumento de 10s salarios y del costo de 10s beneficios y seguros sociales para todo el personal latinoamericano expatriado de EL CONTRATISTA empleado para las obras, ser6 reembolsado sobre la base de 10s aumentos del costo de vida que resulten segiin 10s 'Indices fijados para 10s trabajadores de la industria privada por el Departamento de Trabajo de 10s Estados Unidos, publicados en boletines of iciales. El monto diferencial a pagar a EL CONTRATISTA por concepto de su personal europeo empleado para las obras debido a aumento de costos de la vida, se hard en d6lares a 10s cambios oficiales fijados por el Banco Central de la Repcblica Dominicana, existentes en el 6ltimo dia del me8 que corresponda a la facturacihn, tomando como base el cambio oficial de moneda correspondiente, vigente a1 31 de octubre de 1986. EL ESTADO DOMINICANO reembolsard a EL CONTRATISTA cualqLier costo extra cuyo concepto base no haya sido previsto o aplicado en la oferta de EL CONTRATISTA, que resultase de leyes, resoluciones, reglamentos , decretos , o actos de cualquier autoridad dominicana legalmente constitulda y que fueren puestos en vigor a partir del 30 de marzo de 1987. Queda expresa y formalmente convenido que LA ENTIDAD EJECUTORA no considerars variaciones de costos a 10s efectos de reajustes de precios para fines de pago verificados m& a116 de l a s fechas c r l t i c a s o de control fijadas para l a terminacih de l a s obras, segh e l Programa General de Obras presentado por EL CONTRATISTA y aprobado por EL INGENIERO y LA UNIDAD RESWNSABLE, cuando por causas imputables a EL CONTRATISTA se produzcan retrasos en e l cumplimiento de dichas fechas. ARTICULO 8. IMPUESTOS. EXONERACIONES Y LIBERACIONES: a ) EL CONTRATISTA y 10s empleados extranjeros que lleguen a l a RepGblica Dominicana exclusivamente para e jecutar 10s traba jos del Contrato, estarhn exonerados del pago de todo impuesto sobre l a renta, deducciones, gravsmenes o impuestos de cualquier otra naturaleza, establecidos por oficinas nacionales, departamentales, municipales u otras bajo leyes de la Rep6blica Dominicana, con excepci6n del peaje en l a s autopistas y l a s tasas que establece e l Colegio Dominican0 de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores ( CODIA) en el Articulo 17.03 de su Reglamento Interno Estatutario y l a s establecidas en favor del Instituto de Formaci6n Tgcnico Profesional (INFOTEP). b) EL CDNTRATISTA pagar6 sus cuotas correspondientes e l seguro social y accidentes de trabajo de 10s trabajadores y empleados dominicanos utilizados para e l desarrollo del objeto del presente Contrato. c ) EL CONTRATISTA e s t a r s exonerado del pago de todos 10s derechos e impuestos de importaci6n que incidan o recaigan sobre la introduccih en e l pais de l a s maquinarias, equipos, a s i como 10s repuestos para dichas maquinarias, materiales y otros bienes de cualquier naturaleza que se requieran para l a ejecuci6n de las obras y para dar cumplimiento a l a o b l i g a c i h contrarda mediante e l presente Contrato. d ) Asimismo, EL CONTRATISTA estarg exonerado del pago de 10s derechos de aduanas e impuestos internos sobre 10s vehkulos de motor que no Sean de lujo, destinados a1 us0 del personal asignado a l a obra y repuestos para dichos vehiculos. e ) A 10s empleados extranjeros que lleguen a1 pais para prestar servicios a EL CONTRATISTA en l a ejecuci6n de las obras a su cargo, en cumplimiento de este Contrato, estarsn igualmente exonerados del pago de 10s derechos de aduanas e impuestos internos a1 llegar a l a RepGblica Dominicana, en relaci6n a sus efectos personales, incluyendo un autom6vil que no sea de lujo, durante su permanencia en e l pais. Tal exoneraci6n abarcars todos 10s efectos personales y de hogar no comprados para fines de venta, sujeto a las limitaciones y prdcticas aduaneras respecto a equipaje personal, y t a l exoneraci6n de pago de derechos de aduanas e impuestos internos continuard vigente durante l a estadia de ellos en l a RepGblica Dominicana. f ) Las maquinarias, equipos y efectos personales y 10s vehiculos importados con e l beneficio de l a exoneraci6n, tanto 10s pertenecientes a EL CQNTRATISTA y sus Subcontratistas, como 10s de s u s empleados extranjeros, serhn devueltos a su lugar de origen una vez terminado e s t e Contrato, s i n pago de impuestos y/o derechos de exportaci6n. En cas0 de venta de 10s mismos a terceros en l a RepGblica Dominicana, deberhn pagarse 10s derechos de aduanas e impuestos internos que l e s Sean aplicables. g) Se hacen extensivas a 10s Subcontratistas de EL CQNTRATISTA a requerimiento de 'gste, l a s exoneraciones de aranceles aduaneros y/o impuestos, de acuerdo con l a s siguientes bases: 1. Los Subcontratistas dominicanos no estarhn exonerados de impues- tos establecidos por l a Ley No. 5911 de Impuestos sobre l a Renta. A 10s Subcontratistas dominicanos ' se l e s exonerar6 del pago de to- dos 18s aranceles aduaneros y/o impuestos sobre materiales y equi- pos que 10s Subcontratistas ne- cisitaren importar para u t i l i - zarse en l a construcci6n del Proyecto. 2. A 10s Subcontratistas extranje- ros y su personal extranjero se l e s exbnerarh del pago de todos 10s aranceles aduaneros y/o i m - puestos de cualquier tipo e n l a misma extensi6n y forma que EL CONTRATISTA y su personal ex- tranjero. h) Si por cualquier motivo EL CONTRATISTA y 10s Subcontratistas y su respectivo personal extranjero pagaren algiin impuesto, arancel , tasa o gravamen objeto de este a r t k u l o , previamente solicitado a LA ENTIDAD EJECUTORA y no liberado por las autoridades correspondientes, EL ESTADO DOMINICANO, a travgs de l a ENTIDAD EJECUTORA, estarh obligado a pagar a EL CONTRATISTA y/o Subcontratista a trav6s de EL CONTRATISTA, contra comprobante, con treinta (30) dias despugs de su presentacihn, e l monto que hayan desembolsado por 10s conceptos antes enunciados. i) En un plazo no mayor de t r e s ( 3 ) meses despu6s de l a Aceptaci6n Final, EL CONTRATISTA se compromete a presentar l a s pruebas correspondientes de que ha dispuesto, e n una cualquiera de l a s formas previstas en este articulo, de 10s equipos y/o cualquier material excedente importado exonerado, tanto de propiedad de EL CONTRATISTA como de sus Subcontratistas. j) A intervalos de seis ( 6 ) meses despugs de firmado el Contrato, EL CONTRATISTA deberd someter a LA ENTIDAD EJECUTORA informes, enumerando todos 10s equipos y materiales importados con exoneraci6n que est& a6n disponibles para ser usados en la RepGblica Dominicana. Si EL CONTRATISTA dejara de someter estos informes en las fechas correspondientes, LA ENTIDAD EJECUTORA podr6 retener 10s pagos mensuales hasta que esta obligaci6n sea cumplida. k) Importacionesr LA ENTIDAD EJECUTORA se compromete a gestionar por cuenta de EL CONTRATISTA 10s permisos de importacidn para toda la maquinaria, equipo, repuestos, materiales, etc., sin limitaci6n alguna con respecto a su naturaleza, qye EL CONTRATISTA necesite importar para la ejecuci6n de la Obra. Tales permisos deberdn ser gestionados dentro de 10s quince (15) dias contados a partir de la fecha en que EL CONTRATISTA 10s haya solicitado. ARTICULO 9. CESION DEL CONTRATO; EL CONTRATISTA no podrh ceder el Contrato, ni parte de 61, ni dar a otra persona inter& o participaci6n en 10s mismos, ni ceder el derecho o cobrar cualquier dinero que le corresponda o correspondiere cobrar, de acuerdo a dicho Contrato o Subcontrato, sin la previa aprobaci6n por escrito de LA ENTIDAD EJECUTORA. ARTICULO 10. VIGENCIA DEL CONTRATO E INICIO DE TRABAJOSr 10.1 Vigencia r El presente Contrato tendrh vigencia a todos 10s efectos a partir de la fecha de pago a EL CONTRATISTA del anticipo previsto en el presente Contrato. 10.2 Inicio de 10s Trabajosr EL CONTRATISTA iniciar6 la movilizacibn dentro de 10s quince (15) dias contados desde la fecha de pago a EL CONTRATISTA del anticipo previsto en el presente Contrato, e iniciar6 10s trabajos dentro de 10s treinta (30) dias contados a partir de la misma fecha de pago del anticipo. ARTICULO 11. R E T W O EN LOS PAWS E INTERESES RECIPROCOSr 11.1 En cas0 de que 10s pagos no se efect6en dentro de 10s cuarenticinco ( 4 5 ) dlas posteriores a la fecha de aprobacidn de la factura mensual, EL ESTADO DOMINICANO, a travgs de LA ENTIDAD EJECUTORA estar6 obligado a pagar intereses correspondientes a1 tiempo que dure el "Retraso de Pago" de la manera siguiente x Para 10s pagos en d6lares estadounidenses (US$) regir6n las tasas "Prime Rate" del Banco Citybank de New York, N.Y., U . S . A . , vigentes durante el period0 del "Retraso de Pago". - Para 10s pagos en pesos or0 dominicanos (RD$) e l inter& legal de l a Repfiblica Dominicana m6s e l t o t a l de -10s cargos, comisiones e intereses adicionales aplicados por 10s bancos de l a RepGblica Dominicana. Se entiende por "Retraso de Pago" e l lapso transcurrido a p a r t i r de 10s cuarenticinco ( 4 5 ) dias posteriores a l a fecha de aprobaci6n de l a factura mensual hasta l a fecha en que e s recibido e l pago. S i EL ESTADO DOMINICANO se retrasa en e l pago de cualquier factura mensual por 6 s de sesenta ( 6 0 ) dias, EL CONTRATISTA podr6 acordar con EL ESTADO DOMINICANO a travgs de l a ENTIDAD EJECUTORA una suspensi6n de 10s trabajos, o en alternativas y a su sola opcidn, dar por terminado e l presente Contrato, s i n perjuicio de cualquier otro derecho previsto en e l Contrato. 11.2 EL CONTRATISTA reconocer6 a EL ESTADO DOMINICANO a traves de LA ENTIDAD EJECUTORA intereses sobre 10s montos de l a s facturas mensuales cobradas con anticipacidn respecto a l a fecha de vencimiento del plazo de cuarenticinco (45) dias fijados en e l Articulo 3.3 del presente Contrato. E s t o s intereses se calcular6n por cada dla de anticipacidn a l a s mismas tasas establecidas en e l presente articulo para 10s pagos retrasados, respectivamente para 10s d6lares estadounidenses y 10s pesos dominicanos. Se tendr6 a t a l efecto, una cuenta en donde se debitar6n 10s intereses por retrasos en favor de EL .CONTRATISTA y se acreditarsn 10s intereses por pagos anticipados en favor de EL ESTADO DOMINICANO a travgs de l a ENTIDAD EJECUTORA. Cada seis ( 6 ) meses se cerrar6 dicha cuenta y e l saldo correspondiente serd pagado a EL CONTRATISTA o a1 ESTADO DOMINICANO a travds de LA ENTIDAD EJECUTORA, segiin corresponda. ARTICULO 12. DISPONIBILIDAD DE LOS TERRENOSr EL ESTADO DOMINICANO a travgs de LA ENTIDAD EJECUTORA pondr6 a disposicidn de EL CONTRATISTA 10s terrenos necesarios, comprendidos dentro del drea del emplazamiento, para l a ejecucidn de las Obras, de conformidad con e l prograrna de trabajo y mantendr6 indemne a EL CONTRATISTA, frente a cualquier demanda por parte de terceros por alegadas violaciones de propiedad u otra causa relacionada a l a disponibilidad de estos terrenos. Se entiende por 6rea de emplazamiento 10s terrenos a ocupar por l a s Obras, para e l acceso a l a s m i s m a s por 10s bancos de prgstamo, canteras y vertederos, l a s instalaciones y 10s campamentos cercanos a1 sitio de l a s Obras, as: comd l a s dreas de acceso desde 10s campamentos a1 s i t i o de l a s Obras y cualquier otra drea que a juicio de LA ENTIDAD EJECUTORA sea necesaria para l a buena marcha de 10s trabajos. mrIcuLo 13. ACEPTACION PROVISIONAL Y PERIODO DE GARANTIA~ A 1 terminarse 10s proyectos objeto del presente Contrato, LA ENTIDAD EJECUTORA emitird e l "Certificado de Tenninaci6n de Obra" y aceptard provisionalmente 10s mismos, liberando l a s retenciones y fianzas definidas por e l presente Contrato. A t a l efecto l a s Obras de Jiguey - Aguacate, Acueducto Valdesia-Santo Domingo y l a s Carreteras y Caminos de Acceso son considerados como proyectos independientes. Excepcionalmente, si LA ENTIDAD EJECUTORA en a l g h momento decidiera ocupar y u t i l i z a r cualquier parte de l a Obra, deberd e m i t i r a1 efecto a EL CONTRATISTA un Certif icado de Aceptaci6n Provisional y e l relativo Certificado de Terminaci6n Parcial de Obra, cas0 en e l cual EL ONTRATISTA se compromete a terminar cualquier trabajo pendiente en aquellas partes de las Obras durante e l Perlodo de Mantenimiento, y significa en consecuencia, e l comienzo del relativo Period0 de Garantla. ARTICULO 14. ARBITRAJEr Toda controversia gue surja en relaci6n con este Contrato y que no se solucione por acuerdo entre l a s partes dentro de 10s sesenta (60) dias a p a r t i r de l a comunicaci6n de no acuerdo, originada por cualquiera de las partes, entregada a EL INGENIERO, s e r s decidida por EL INGENIERO, que expresars su decisi6n por escrito y entregard copia de e l l a a las partes dentro de un plazo adicional de t r e i n t a (30) dias. Dentro de 10s t r e i n t a (30.) dias de recibida l a copia o a f a l t a de l a decisi6n de EL INGENIERO, dentro del mismo plazo de t r e i n t a (30) dias, EL CONTRATISTA y/o LA ENTIDAD EJECUTORA pueden recurrir por comunicacidn dirigida a la otra parte, requiriendo que el l i t i g i o se solucione mediante l a Comisi6n de Arbitraje establecida en este artlculo. Dentro de 10s treinta (30) dlas de recibido ese requerimiento o recurso, LA ENTIDAD EJECUTORA y EL CONTRATISTA designardn cada una a su propio drbitro. D e comh acuerdo, 10s dos drbitros designarh un tercer 6rbitro. En el cas0 de que una de l a s dos partes deje de nombrar su drbitro en e l t i e m p o establecido, o en e l cas0 de que 10s dos Brbitros no puedan ponerse de acuerdo para l a elecci6n del tercero, dentro del plazo de t r e i n t a (30) dias, el drbitro o drbitros designados debergn dirigirse por escrito a l a American Society of Civil Engineers (ASCE) de 10s Estados Unidos, la cual designard el 5rbitro o 10s drbitros no designados por l a s partes. E l arbitraje debe efectuarse en l a RepGblica Dominicana y deberd conducirse de acuerdo a l a s normas procesales en materia de arbitraje vigentes en l a RepGblica Dominicana, a1 tiempo de l a firma de este Contrato. Las nonnas procesales sobre arbitraje de l a Chara de Cumercio Internacional serdn supletorias de las normas dominicanas. La decisi6n de l a Comisi6n de Arbitraje serd definitiva e inapelable y obligard, tanto a EL ESTADO DOMINICAN0 como EL 03NTFtATISTA. 1 5 0 7 El pago del Brbitro nombrado por o para EL CONTRATISTA serd cubierto por EL CONTRATISTA y el pago del Brbitro nombrado por o para LA ENTIDAD EJECUTORA ser6 pagado por EL ESTADO DOMINICANO. Sobre el pago del tercer Brbitro y otros gastos en que incurra la Comisidn de Arbitraje, serd decidido por 10s drbitros. En 10s casos en que una de las partes no apele a la otra dentro de 10s treinta (30) dias calendarios lespugs de haber recibido la decisidn por escrito de EL INGENIERO, la decisi6n de EL INGENIERO serh final y concluyente. ARTICULO* 15. UTILIZACION DE PROPIEDADES DEL ESTADO DOMINICANOX Queda aceptado por EL CONTRATISTA el us0 del equipo propiedad de EL ESTADO DOMINICANO que pudiera ser utilizada en la ejecucidn de las Obras. EL CONTRATISTA y LA ENTIDAD EJECUTORA acordardn 10s cargos justos a favor de EL ESTADO DOMINICANO que por amortizacidn a1 us0 del equipo se produjera. ARTICULO 16. TERMINACION DEL CONTRATOr EL ESTADO DOMINICANO podr6 dar bor terminado el presente Contrato por causas que a su juicio lo justifiquen. En tal caso, o en cualquier otro cas0 en que el Contrato fuera rescindido o terminado, EL ESTADO DOMINICANO pagar6 a EL CONTRATISTA una compensacidn calculada en base a lo establecido en la Cldusula B 3 1 de las Condiciones Generales de este Contrato, salvo causas imputables a EL CONTRATISTA. En cas0 de que el presente Contrato quede sin efecto o sea revocado p'r no obtenerse su aprobacidn de parte de cualquier autoridad u organism0 competente sin que haya intervenido culpa de EL CONTRATISTA, se procederd conforme a lo previsto en el presente artkulo. ARTICULO 17. SANIDAD Y MEDIO AMBIENTEX EL CONTRATISTA procederd de acuerdo y en cumplimiento con las disposiciones de Salud F6blica y del Instituto Dominican0 de Seguros Sociales (IDSS) y las leyes de proteccidn de 10s fecursos naturales y del medio ambiente vigentes. Igualmente EL CONTRATISTA velar6 y ser6 responsable por que el personal a su cargo no consuma, ni trabaje bajo 10s efectos de bebidas alcoh6licas ni drogas en el sitio de las Obras. ARTICULO 18. CAMBIO DE TECNOLOGIAx EL CONTRATISTA considerar6 las recomendaciones de EL INGENIERO y LA ENTIDAD EJECUTORA con respecto a la utilizacidn de cambios tecnol6gicos que pudieran reducir 10s costos del Proyecto y de las Obras. Tales recomendaciones podrdn ser implementadas bajo acuerdo entre las partes. ARTICULO 19. LEY APLICABLEr Las partes acuerdan que el presente Contrato se regir6 por las leyes vigentes en la RepGblica Dominicana, y en tal virtud, EL CONTRATISTA serh responsable del estricto cumplimiento de las mismas. HECHO Y FIRMADO en tres ( 3 ) originales de un m i s m o tenor, un para cada una de las Partes Contratantes, en l a C i u d a d de Santo Domingo, D i s t r i t o N a c i o n a l , C a p i t a l de l a R e p G b l i c a D o r n i n i c a n a , a 10s v e i n t i h ( 2 1 ) dias del m e s de mayo del afio m i l novecientos ochentisiete ( 1 9 8 7 ) . POR EL ESTADO DOMINICANOr POR E L CONSORCIO DR. JOAQU I N BALAGUER Presidente C o n s t i t u c i o n a l de l a R e p G b l i c a Dominicana DR. PAOLO L O D I G I A N I D i r e c t o r Ejecutivo de l a firma IMPRESIT-GIROLA- M D I G I A N I (IMPREGILO) . ING. P I E T R O MARTINENGO D i r e c t o r General de COGEFAR COSTRUZIONI G E N E W I S.P.A. 1NG:VITTORIO VACCHETTA D i r e c t o r General de RECCHI S.P.A. COSTRUZIONI GENERAL1 ING. J O S E AUGUST0 TOMAS Presidente de INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES, C. POR A. YO, DOCTOR MELVIN A. FRANCO T., Abogado N o t a r i o Xblico de 10s d e l N i h e r o del D i s t r i t o N a c i o n a l , C E R T I F I C O Y DOY F E I Que por a n t e m i comparecieron libre y voluntariamente 10s sefiores t DR. JOAQUIN BALAGUER, DR. PAOZO LODIGIANI, ING. PIETRO MARTINENGO, ING. VITTORIO VACCHETTA, e ING. JOSE AUGUSTO TOMAS, de geherales y calidades que constan, personas a quienes doy fe conocer y segiin me han declarado bajo l a fe del juramento que las firmas que anteceden son las m i s m a s que acostumbran u t i l i z a r en todos 10s actos de sus vidas, t a n t o pGblicas como privadas, por l o que a las m i s m a s deberh dhrsele entre fe y cr6dito. En l a C i u d a d de Santo Domingo, D i s t r i t o N a c i o n a l , Capital de la RepGblica D o m i n i c a n a , a 10s veintifin ( 2 1 ) dias del m e s de mayo del afio m i l novecientos ochenta y siete ( 1 9 8 7 ) . ' DR. MELVIN A. FRANCO T. N o t a r i o Piiblico CONDICIONES GENERALES B.1. DEFINICIONES E INTERPRETACIONES Siempre y cuando se usen 10s tgrminos detallados a continuaci6n, tanto en 10s Documentos del Contratos como en e l Contrato mismo, su objeto y significado deberh s e r interpretado de l a manera siguiente: B. 1.1 ESTADO 0 GOBIERNO E l de l a Repcblica Dominicana, actuando por medio de sus representantes legales autorizados. B 1 . 2 ENTIDAD EJECUTORA ES e l Instituto Nacional de Recursos Hidrhulicos (en lo adelante I N D R H I ) , y l a Corporaci6n del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (en lo adelante CAASD) I organismos estatales que gozan de automia funcional, personalidad juridical y plena capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones en materia de sus competencias. Cualquiera de estos organismos actuarh por sl solo con independencia y en calidad de Entidad Ejecutora con relaci6n a todos 10s derechos y obligaciones que en virtud del presente Contrato les son establecidas a l a Entidad Ejecutora, en l a ejecuci6n de 10s Proyectos gue han sido encargados bajo sus responsabilidades, pudiendo ejercer en consecuencia todas las acciones previstas en e l Contrat,o s i n l a aprobaci6n del otro organismo ejecutor. E l INDRHI serh e l organismo encargado de velar por l a f i e l ejecuci6n del Proyecto Jiguey-Aguacate y de las Carreteras y Caminos de Acceso. La CAASD serh el organismo responsable de velar por l a fiel ejecuci6n del Proyecto "Sistema de Abastecimiento de Agua Potable desde l a Presa de Valdesia a Santo Domingo" . B 1.3 UNIDAD RESPONSABLE E s l a Direcci6n que l a Entidad Ejecutora designe, como su representante encargada de administrar, coordinar y supervisar la construcci6n de 10s proyectos. B 1.4 DIRECTORES EJECUTIVOS Son 10s funcionarios del INDRHI y l a CAASD que ostentan l a autoridad ejecutiva de 10s respectivos organismos. B 1.5. GERENCIA DEL PROYECTO Donde quiera que se expresa Gerencia del Proyecto signif ica representante de la Unidad Responsable en e l s i t i o de las obras designadas por l a Entidad Ejecutora y cuyas relaciones con e l Contratista se regulan en la Clhusula B 6.1. B 1.6 INGENIERO Finna o Consorcio de Empresas Consultoras contratado por e l Estado Dominicano para la supervisi6n de l a construcci6n de cada proyecto. Las relaciones entre e l Ingeniero y e l Contratista se regulan en l a C16usula B 6.2. En lo que respecta a1 Proyecto Acueducto Valdesia-Santo Doming0 E l Ingeniero tendr6 las funciones limitadas a las labores de supervisi6n, en consecuencia E l Contratista en lo que se refiere a1 Acueducto asume todas l a s responsabilidades del disefio de obras y l a s labores de ingenieria necesaria durante e l desarrollo del Proyecto. B 1.7 DOCUMENTOS DE LICITACION Los documentos, informaciones, especificaciones, condiciones t6cnicas y legales indicados en l a C16usula B 3.1. de l a s presentes Condiciones Generales. B 1.8. OFERTA OFICIAL Es e l conjunto de documentos presentados por e l Contratista, teniendo e n cuenta lo requerido en 10s Documentos de Licitaci6n. B 1.9 LICITANTE U OFERENTE c La persona individual o juridica que presenta oferta formal a1 Estado Dominicano para todos o cualquiera de 10s trabajos, objeto de 10s , Documentos del Contrato. B 1-10 CONTRATISTA Son las personas morales o juridicas que suscriben este Contrato con el Estado Dominicano para la ejecuci6n de las Obras objeto de 10s Documentos del Contrato. B 1.11 SUPERINTENDENTE E l Director Ejecutivo del Contratista, con suficiente autoridad para actuar como su representante. B 1.12 SUBCONTRATISTA en la persona individual o juridica que, previa autorizaci6n de la Entidad Ejecutora contratare con e l Contratista l a ejecuci6n de una o varias partes de las Obras objeto dei presente Contrato. B 1.13 TRABAJO, OBRA 0 SUMINISTRO La obligaci6n t o t a l del Contratista contenida en e l Contrato y 10s documentos que forman parte de 61. . - B 1.14 CONTRATO E s e l instrumento legal que suscriben e l Estado Dominican0 y el Contratista, que detalla las condiciones a qye se sujetan 10s trabajos y 10s suministroa correspondientes y del cual formardn parte 10s Documentos del Contrato. B 1.15 ESPECIFICACIONES E l conjunto de documentos que incluyen las especificaciones t6cnicas generales, especificaciones t6cnicas particulares, lista de cantidades, planos, formularios, etc., para l a construcci6n de 10s proyectos y cualquier enmienda que con referencia a 10s mismos se emita. B 1.16 TRABAJO EXTRA Son 10s trabajos no incluidos en la iniciaci6n de las obras y que Sean necesarios para l a correcta terminaci6n de las m i s m a s . B 1.17 ORDEN DE TRABAJO casos siguientesr La orden escrita emitida por e l Ingeniero para l a realizaci6n del trabajo comprendido dentro de 10s renglones, cantidades y precios unitarios o globales del Contrato. E s t a orden se emitird de acuerdo con e l programa de trabajo aprobado, presentado por e l Contratista o a peticihn del mismo en 10s Iniciaci6n del trabajo de cada renglBn,del Contrato. . a ) b) , Suspensi6n parcial o t o t a l de 10s trabajos de uno o varios renglones del Contrato, que no origine par0 general. C ) Fteiniciaci6n de 10s trabajos de uno o varios renglones del Contrato. d) Par0 general o reiniciaci6n de 10s trabajos contratados. Esta orden debera i r amparada por la aprobaci6n de la Unidad Responsable. B 1.18 ORDEN DE TRABAJO S-ARIO L a orden que emite la Entidad Ejecutora para la ejecuci6n de uno o varios trabajos que impliquen aumento del valor del Contrato, a 10s mismos precios unitarios derivados de 6ste y en la que conste el plato m6ximo para la terminaci6n de 10s trabajos en cuesti6n. B 1.19 ACUERDO DE TRABAJO EXTRA E l Convenio o Acuerdo suscrito entre el Contratista y la Entidad Ejecutora, para l a ejecucidn de un trabajo extra a base de una suma global o a precios unitarios que se fijan en el Acuerdo, previas discusiones entre e l Contratista y e l Ingeniero, con su posterior aprobacih por l a Unidad Responsable. S i no pudiere llegarse a un acuerdo, la Unidad Responsable emitirs UM orden para que e l trabajo se ' efectce por administracidn, l a que deberd ser cumplimentada por e l Contratista. En cwlqqier cas0 deberd hacerse constar e l plazo m5ximo de ejecucidn. B 1.20 ORDENES B 1.20.1 ORDEN DE MODIFICACION Orden escrita que emite la Entidad Ejecutora previa recomendacidn del Ingeniero y la Unidad Responsable para que e l Contratista efect6e una o varias modificaciones en el trabajo de forma, calidad y cantidad de las obras o de cualquier parte de las m i s m a s de acuerdo a la Clgusula B.18 de la presente "Condiciones Generales". B 1.20.2 ORDEN DE -10 c La orden escrita que emite la Entidad Ejecutora previa recomendacidn del Ingeniero y la Unidad Responsable para que e l Contratista efectee uno o varios cambios en el trabajo originalmente contratado, sin que implique ajustes en 10s precios unitarios. B 1.21. SOLARBS Y TKRRENOS E l terreno puesto a disposicien del Contratista, destinado para las construcciones, las estructuras, instalaciones, anexos y derechos de paso. B 1.22 SSTIMACION W S U A L Documento que se adjuntars a las facturas en el cual se detallan 10s renglones de acuerdo a la i i s t a de cantidades, las cantidades de trabajo ejecutado, 10s correspondientes precios unitarios, el total de pagos anteriores, las deducciones, e l porcentaje de terminacien aproximado y las sumas a pagarse. B 1.23 NO-, REGLAMENTACIONES Y DISRXICIONBS DE LA BNTIDAD -RA E l Contratista deberd respetar en todas BUS actividades relacionadas directamente con las obras, las normas, reglamentos y disposiciones de la Entidad Ejecutora. B 1.24 COST0 DE LA LICITACItJN U OZ'ERTA Es e l costo t o t a l estimado por el Licitante u Oferente, estipulado en las Planillas de Cbputos y Cotizaciones. B 1 . 2 5 SUMA TOTAL CONTRATADA Representa el monto t o t a l del Contrato, pero sujeto a modificaciones de aumentos o disminuciones como se llegue a convenir entre e l Contratista y l a Entidad Ejecutora, bajo las previsiones del Contrato. B 1 . 2 6 SUMINISTRO Son todas l a s plantas, equipos, materiales y todos 10s efectos necesarios paFa una buena ejecuci6n de obra, a ser suministrados por e l Contratista. B 1 . 2 7 EQUIWS PERHAHEXTES I Son todas la's plantas, equipos e instalaciones del tip0 mechnico y/o elgctrico y bienes que formarhn parte permanente de l a s Obras, de acuerdo con las estipulaciones de 10s Documentos del Contrato. B 1 . 2 8 EQUIWS DEL CDNTRATISTA a Son todas 10s equipos, madinarias o efectos de cualquier h d o l e hecesarios para l a ejecucidn y terminacidn de l a Obra o trabajos temporales (como se definen en adelante), per0 no incluye 10s materiales u otros implementos que Sean designados para formar parte de 10s trabajos o equipos pennanentes. B 1 . 2 9 OBRAS, OBRAS PROVISIONALES 0 TRABAJOS TR4POWES Y OBRAS PEFU4ANENTES 1 . 2 9 . 1 OBRAS Incluirh tanto las Obras Permanentes como las Obras Provisionalest 1 . 2 9 . 2 OBRAS PROVISIONALES 0 TRABAJOS TEMPORALES Significa todas las obras de carscter provisional de cualquier clase que Sean y que se requieran en o para l a ejecuci6n o mantenimiento de l a s Obras . 1 . 2 9 . 3 OBRAS PERMANENTES Significa las Obras que van a ejecutar y mantener de acuerdo con e l Contrato. B 1 . 3 0 APROBADO Es l a aprobaci6n por escrito e l Inyeniero y l a Unidad Responsable, incluyendo acuerdos verbales, subsecuentemente confirmados por escrito. E l Contratista deberh proceder a l a ejecucidn de cualquier obra, Gnicamente estando en posesi6n de planos que lleven l a denominaci6n de "Fgrobado para Construccidn" y l a firma del Ingeniero y la Unidad Responsable. . . B 1.31 MES Es el mes calendario. B 1.32 DIA CALENDAR10 Es cada dia de la semana, incluyendo domingo y dzas de asueto. B 1.33 DIAS DE ASUETO CON GOCE DE SAWLRIO &os seAalados en la legislaci6n dominicana vigente. B 1.34 CUBICACION La determinacidn de las cantidades de trabajo ejecutado por el Contratista, examinado y aprobado por el Ingeniero, la Unidad Responsable y el Contratista. B 1.35 EQUIVALENTE, 0 SIMILAR, 0 -0 SE HA APROBADO Es la sustituci6n por 10s implementos especif icados , tales como materiales o equipos que Sean sustancialmente equivalentes en funcibn, dimensih, calidad y durabilidad, previendo que tal substitucibn sea propuesta por escrito por el Ingeniero y la Unidad I Responsable, acompafiada con suf iciente inf ormaci6n, tales como Cathlogos, Datos de Prueba, Especificaciones, etc., y que Sean entregadas con suficiente anticipaci6n, con tal de no interrumpir o atrasar el progreso de la Obra. B. 2 EL CONTRATO El Contrato comprende la construcci6n y terminaci6n de las Obras siempre que no se especifique otra cosa en 10s Documentos Contractuales, asi como el suministro de toda la mano de obra, 10s materiales, las instalaciones de Obra, las Obras Provisionales y cualquier otra Obra, trabajo 0” suministro, ya sea de carhcter temporal o permanente requerido en y para tal construcci6n y terminacibn en cuanto la necesidad de su provisi6n haya sido especificada o pueda ser deducida en forma razonable por el Contratista. El Contratista hizo su oferta con pleno conocimiento de 10s requisitos y condicionamientos elevados por la Entidad Ejecutora en cuanto a la utilizaci6n de una tecnologia con us0 intensivo de mano de obra para la ejecuci6n de todas las Obras. Con la aceptacibn del Contrato, el Contratista se compromete a aceptar la obligaci6n de suministrar y ejecutar todo lo que fuera necesario para terminar las Obras, independientemente de cualquier omisi6n en las Especificaciones o en 10s Planos. .- L ~ ~ ~ _ _ _ _ _ ~ ~ El Contratista tiene la obligaci6n de haberse informado plenamente sobre todas las circunstancias y condiciones que son necesarias de tomar en consideraci6n para satisfacer, completar y ejecutar de acuerdo a1 Cronograma, el Contrato y todos 10s trabajos y actividades vinculados a 6ste. El Contratista deberg recurrir a1 Ingeniero cuando requiera aclaraciones acerca de dudas y discrepancias en 10s Documentos o el sentido de cualquier artkulo en las Condiciones del Contrato. El Contratista ser5 responsable por cualquier error o pdrdida debidos a la no solicitud de tales aclaraciones. B 3.LISTA DE DOCUMENTOS B 3.1. LISTA DE DOCUMENTOS DE LICITACION Los siguientes documentos se consideran 10s Documentos de Licitacih en virtud de 10s cuales el Contratista present6 su oferta para el Proyecto Jiguey-Aguacate a 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7 . 8. 9. Memoria Genera le s Obras Civiles Tom0 F-G (Lista de Cantidades/Precios, Tablas de Datos) Tom0 xv (1 valumen) y XVI (2 volijmenes) (planos) Equipos Mec6nicos y Estructuras Hidrdulicas de Acero. Equipo El6ctrico Tom0 F-g (Lista de Cantidades/Precios, Tablas de Datos)., para 10s Equipos Mecdnicos y Estructuras de Kidrdulicas de Acero. Tomo F-G (Lista de Cantidades/Precios, Tablas de Datos), para el Equip0 E16ctrico. B 3.2 LISTA DE DocIlMENTOs DEL CONTRATO Y ORDEN DE PRKLACION Los Documentos del Contrato y su orden de prelaci6n son como se indica en el Contrato. B.4. DOCUMENTOS DEL CONTRATO B 4.1. IDIOMA Y UNIDADBS DE MEDIDA El idioma oficial de todos 10s Documentos Contractuales, correspondencia, infomaciones y datos tgcnicos, manuales de instrucciones, planos, datos sobre n o m s y ensayos, literatura, panf letos, documentos de embarque, direcciones, instrucciones referentes a bultos individuales, etc. , ser6 el EspaHol . Todos 10s pesos, medidas y dem6s unidades corresponderdn en todos 10s casos a1 sistema m6trico decimal. B 4.2. COMPLEMENTACION MUTUA DE LOS DOCUMENTOS Se debe considerar que 10s diferentes Documentos que constituyen el Contrato se complementan mutuamentet sin embargo, en el cas0 de presentarse ambifledades o discrepancias, 6stos ser6n explicados y ajustados por el Ingeniero, quien previa aprobaci6n de la Unidad Responsable enviarh a1 Contratista las instrucciones correspondientes, indicando en qu6 forma deben ajustarse 10s trabajos. Si a juicio del Ingeniero y la Unidad Responsable el cumplimiento de tales instrucciones hiciera reducir o incrementar a1 Contratista cualquier costo que por razones de tales ambifledades o discrepancias no hubiera podido ser razonablemente previsto por el Contratista, la Entidad Ejecutora reducir6 o pagar6 la s u a correspondiente de tales costos de acuerdo a lo previsto en el Contrato. B 4.3 VALIDACION DE LOS DOCUMENTOS El Contratista, a1 firmar el Contrato, renuncia expresamente a las Condiciones Generales que rigen sus negocios, incluidas awellas indicadas a1 margen o en el reverso de cartas, cotizaciones, facturas, etc. Cualquier excepci6n a esta regla habrL de ser incorporada en 10s Documentos del Contrato. c Las Especificaciones y Planos deberh complementarse, per0 no necesariamente repetirse. Cualquier obra indicada en una especificaci6nr per0 no en el Plano o viceversa, ha de realizarse como si estuviera indicada en ambos, de tal forma que la obra pueda terminarse de acuerdo con el proyecto completo, decidido y determinado por el Ingeniero, previa aprobaci6n de la Unidad Responsable. Si en las

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona