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Resolución

Resolución 42-86-1

que aprueba el Acuerdo de Prestamo PL-4BO, suscrito entre el Estado Dominicano y los Estados Unidos de América, a través de la AID

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 ago de 1986fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9693Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Estados Unidos de América (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 42-86-1 que aprueba el Acuerdo de Prestamo PL-4BO, suscrito entre el Estado Dominicano y los Estados Unidos de América, a través de la AID. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Número. 42-86-1 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República, VISTO el Acuerdo AID/PL-480, año fiscal 1986, para la Venta de Productos Agrícolas, suscrito en fecha 18 de agosto del año en curso, entre el Gobierno de la· República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando este último a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) • R E S U E L V E : UNICO: APROBAR el Acuerdo AID/PL-490, año fiscal 1986, para la Venta de Productos Agrícolas, suscrito en fecha 18 de agosto de 1986, entre el Gobierno de la República Dominicana, representado por el señor Guillermo Caram, Secretario Técnico de la Presidencia y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID), representado por su Embajador, señor Lowell C. Kilday, mediante el cual el Gobierno de los Estados Unidos de América se compromete a financiar la venta de productos agrícolas a compradores autorizados por el Gobierno de la República Dominicana. Se importarán en virtud de las disposiciones especiales contenidas en la Parte Ir de este Acuerdo, cincuentiocho mil quinientas setentinueve toneladas métricas (58,579 TM) de trigo/harina de trigo, treinta mil veintitrés toneladas métricas (30,023 TM) de aceites vegetales comestibles y cincuenticinco mil toneladas métricas (55,000 TM) de arroz, por un valor de treir.ta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$30, 000, 000. 00). Las condiciones de pago prevén un Crédito Convertible en Moneda Loca.l (CCML)" sin pago inicial y con un pago en moneda nacional de 2.5%, se efectuarán quince pagos anuales, en cantidades aproximadamente iguales, y el vencimiento del primer pago tendrá lugar dentro de 6 años, contados a partir de la fecha de la última entrega de productos en cada año calendario. La tasa inicial de interés será del 3%, mientras que la tasa continua se eleva al 4%. Los fondos acumulados por el Gobierno de la República Dominicana, me~iante la venta de productos financiados bajo este acuerdo serán utilizados para el financiamiento de las medidas de ayuda propia que se establecen en el Punto No. V de la Parte 11 del mismo, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona