Texto de la norma
Res. No. 14-87 dispone el traslado de las Cámaras Legislativas, para que se reúnan en la ciudad de Salvaleón de Higuey, el día 21 de enero de 1987.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 14-87
VISTO: El inciso 20 del artículo 37 de la Constitución de la República,
VISTAS: Las Resoluciones de la Cámara de Diputados y del Senado de la República de fecha 16 de diciembre de 1986,
VISTO: El Decreto No. 1278-86-501 de fecha 23 de diciembre de 1986, dictado por el Poder Ejecutivo, por medio del cual se convoca a las Cámaras Legislativas para que se reúnan el próximo 21 de enero de 1987, en la ciudad de Salvaleón de Higuey, provincia La Altagracia, a las diez de la mañana, como homenaje de devoción a la madre y soberana del Pueblo Dominicano, la Virgen de La Altagracia,
CONSIDERANDO: Que el Poder Legislativo interpretando conjuntamente con el Poder Ejecutivo los sentimientos patrióticos y cristianos del pueblo dominicano y para dar más esplendor a los cultos con que el pueblo honrará a su Patrona, la Virgen de La Altagracia en la ciudad de Salvaleón de Higuey, provincia de La Altagracia.
DECRETA:
Articulo Unico.- Quedan trasladadas las Cámaras Legislativas, para que se reúnan en la ciudad de Salvaleón de Higuey, provincia La Altagracia, el día 21 de enero de 1987.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y siete; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
Florentino Carvajal Suero
Presidente
María Alt. Méndez de Consoró
Secretaría
Víctor E. García Sued
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los veinte (20) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y siete año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
R. Edilio Vargas Ortega
Vicepresidente en Funciones
Amable Aristy Castro
Secretario
Luis J. González Sánchez
Secretario
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y siete; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.