Texto
Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de octubre del mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 99° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
Resolución N° 5644, del Congreso Nacional, que aprueba el Protocolo de Enmienda a la Convención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas.
(G. O. N° 8610, del 16 de Octubre de 1961)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 5644
VISTO: el inciso 14 del artículo 38 de la Constitución de la República;
VISTO: el Protocolo de Enmienda de la Convención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas;
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Protocolo de Enmienda de la Convención sobre el Instituto Interamericano de Ciencias Agrícolas,
abierto a la firma en la Unión Panamericana y del cual es signataria la República Dominicana, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona