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Resolución

Resolución 301

que aprueba el Contrato de Crédito Proveedor y sus anexos, suscrito entre la Corporación Dominicana de Electricidad y la firma FIAT TTG SPA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 sept de 1985fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9670Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
FIAT TTG SPA (empresa)
Monto
US$4.1 millones · en el texto: «US$4,142,800.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 301 que aprueba el Contrato de Crédito Proveedor y sus anexos, suscrito entre la Corporación Dominicana de Electricidad y la firma FIAT TTG SPA. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO: 301 VISTOS los Incisos 14 y 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato de Crédito Proveedor y sus anexos, suscrito en fecha 18 de agosto de 1983, entre la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) y la firma FIAT TTG SPA, con el aval del Estado Dominicano. RESUELVE: UNICO: APROBAR el Contrato de Crédito Proveedor y sus anexos, suscrito en fecha 18 de agosto de 1983, entre la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), representada por su Administrador General, Ing. Marcelo Jorge Pérez, por AVAL, el Secretario de Estado de Finanzas, Lic. Rafael Abinader y por la Firma FIAT TTG SPA., representada por el Ing. Giovanni Comarosi. Mediante dicho contrato, la mencionada firma conviene en suministrar a la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE) los repuestos mecánicos, la parte eléctrica de control y los instrumentos descritos en el mismo, conforme a las condiciones que en dicho contrato se especifican. Los repuestos mecánicos, la parte eléctrica de control y los instrumentos aludidos, serán destinados a reparaciones de la Central Turbo-Gas Los Mina. El precio total FOB de los materiales a suministrar ha sido convenido en la suma de cuatro millones ciento cuarenta y dos mil ochocientos dólares estadounidenses (US$4,142,800.00), de la cual el 15% será pagado en calidad de anticipo, contra presentación de recibo, y el restante 85% será cubierto en cuotas semestrales consecutivas, según los montos consignados en las letras de cambio emitidas al efecto. El monto de cada cuota comprenderá el principal más los intereses correspondientes, calculados a una tasa del 10% anual fija sobre saldo deudor; que copiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona