Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo.
Victor Garrido,
Vicepresidente en funciones.
Ramón Bergés Santana,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2°, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
Resolución N° 5544, del Congreso Nacional, que prorroga por 60 días más la actual Legislatura Ordinaria.
(G. O. N° 8579, del 7 de Junio de 1967)
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 5544
VISTO: el artículo 34 de la Constitución de la República;
R E S U E L V E :
UNICO: Prorrogar hasta por sesenta días más a contar del día veintiocho del mes de mayo del corriente año, la actual legislatura ordinaria, iniciada el 27 de febrero de 1961.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y uno, años 118º de la Independencia, 98º de la Restauración y 32º de la Era de Trujillo.
Victor Garrido,
Vicepresidente en funciones.
Julio A. Cambier,
Secretario.
Ramón Bergés Santana,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y uno, años 118º de la Independencia, 98º de la Restauración y 32º de la Era de Trujillo.
José Ramón Rodríguez,
Presidente.
Opinio Alvarez Mainardi,
Secretario.
Luis E. Ruiz Monteagudo,
Secretario.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2º, de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de mayo del año mil novecientos sesenta y uno, años 118° de la Independencia, 98° de la Restauración y 32° de la Era de Trujillo.
JOAQUIN BALAGUER
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