Texto de la norma
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y uno; años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Agustín Aristy,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3070, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Presidente Trujillo en el parque de la población de Jánico.— G. O. Nº 7339, del 17 de Octubre de 1951.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3070.
VISTA la solicitud del Comité Pro-Busto al Excelentísimo Presidente Trujillo para erigir un Busto del ilustre Jefe del Estado en la Común de Jánico, como testimonio de cariño, gratitud y lealtad a su persona;
VISTOS los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 638, sobre erección de estatuas y otros monumentos públicos, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6102, de fecha 21 de junio de 1944;
VISTA la Ley Nº 1687, del 16 de abril del año 1948;
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto al Excelentísimo Presidente Trujillo de la Común de Jánico, a erigir un busto al ilustre Jefe del Estado en el parque de esa población.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y uno; años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Agustín Aristy,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y uno; años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
EL VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES:
Francisco Prats Ramírez.
Los Secretarios:
Rafael Ginebra Hernández.
Milady Félix de L'Official.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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