Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
pendencia, 88º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
El Presidente,
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Rafael Ginebra Hernández.
Milady Félix de L'Official.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3022, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato entre el Estado y el Ingeniero Félix Benítez Rexach sobre la extensión del Rompeolas y redragado en el Puerto de Ciudad Trujillo. — G. O. Nº 7317, del 11 de Agosto de 1951.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3022.
VISTO el inciso 21 del Artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día diez de noviembre del año mil novecientos cuarenta y nueve, entre el Estado Dominicano, representado por Miguel A. Báez Díaz, Secretario de Estado de Fomento, Obras Públicas y Riego y el señor Ing. Félix Benítez Rexach, por virtud del cual el primero se compromete a pagar al segundo la suma de RD$2,626,000.00 para la extensión del rompeolas actual, protección del mismo y redra-
gado del canal en el puerto de Ciudad Trujillo.
R E S U E L V E :
UNICO.— Aprobar el contrato suscrito el día 10 de noviembre del año mil novecientos cuarenta y nueve, entre el Estado Dominicano, representado por Miguel A. Báez Díaz, Secretario de E. de Fomento, Obras Públicas y Riego, y el señor Ing. Félix Benítez Rexach por virtud del cual el primero se compromete a pagar al segundo la suma de RD$2,626,000.00 para la extensión del rompeolas actual, protección del mismo y redragado del canal en el Puerto de Ciudad Trujillo, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.