Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
to Plata, a permutar, de acuerdo con su Ordenanza 113, de fecha 26 de junio de 1951, siete solares de su propiedad, cuyas especificaciones constan en la referida Ordenanza, arriba transcrita, por un terreno propiedad del señor Natalio Redondo González, y el pago de la suma de RD$141.95, diferencia entre los valores de los terrenos a permutar.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y uno; años 108° de la Independencia, 88° de la Restauración y 22° de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Rafael Ginebra Hernández.
Milady Félix de L'Official.
GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación
Encargado del Poder Ejecutivo
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República,
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108° de la Independencia, 88° de la Restauración y 22° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3013, de la Cámara de Diputados, que aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de Ramón Santana, sobre tasación para la venta de terrenos y solares propiedad de la Común. — G. O. Nº 7362, del 12 de Diciembre de 1951.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 3013.
VISTAS las Leyes números 66 de fecha siete de agosto del año 1942, sustitutiva de los artículos 69, 70, 71, y 72 de la Ley Nº 37, de Organización Municipal, de fecha 19 de marzo del año 1923; y 439 del 20 de noviembre de 1943;
VISTA la Ordenanza Nº 50 de fecha 27 de junio del 1951. del Ayuntamiento de la Común de Ramón Santana, por medio de la cual y en cumplimiento de las expresadas leyes, ha votado una nueva tarifa para la venta y arrendamientos propiedad de dicho Ayuntamiento.
VISTO el artículo 22, párrafo 2º de la Constitución del Estado,
R E S U E L V E :
ARTICULO UNICO: Aprobar, como al efecto aprueba, la Ordenanza votada en fecha 27 de junio de 1951, por el Ayuntamiento de la Común de Ramón Santana, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.