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Texto de la norma
cada Pn la Gaceta Oficial para su conocimiento y camplimiento.
DADA 'en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Republica Dorninicana, a 10s veinte dias del mes
de junio del aiio mil novecientos cincuenta y uno, aiios 1,089 de
la Independencia, 889 de la Restauracih y 229 de la Era d?
Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLL, MOLINA.
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Resolucih NP 29485. del Senado, que aprueba nombramientos diplomiticos.
G. 0. NQ 7809, del 30 de Junio de 1951.
E L S E N A D O
D,E LA
REPUBLICA DOMINICANA
--
NUMER'O 29451.
ro del articulo diecinueve de la Constitucih de la-Reptlblica,
En ejercicio de la atribucih que le confiere el inciso terce-
R E S U E L V E :
UWCO-
,Aprobar el nombramiento diplomiitico expedi-
do Cor el Poder Ejecutivo en favor del seiior Plinio B. Pinn
Chevalier, Ministro Gonsejero de Embajadas y Legaciones.
DAD,A en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en
Ciudad Trujillo, Distrito d2 Santo Domingo, Capital de la Re-
publica Dorninicana, a 10s diecinueve dias del mes de junio del
aiio mil novecientos cincuenta y uno; aiios 180%' de la Indepen-
deneia, 880 de la Restauraci6n y 229 de la Era de Trujillo.
M. ds J. Troncxo d. la Concha,
Agustin Aristy,
Presidente.
Sxrztario.
Julio ri. Cambier,
Szcret ario.
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Resoluci6n NP B46, de la Cdmara de IDiputados, qu? apruebs la Ord?-
nanaa NQ 10 del Ayuntamiento de Villa Isabel sobre tasacidn para la
venta y arrendamiento de terrenos propiedad de la Camin.-
G. 0. PI')
7378, del 26 de Enero de 1962.
LA CAMARA DIE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICAN 4
-
NUMTRn 2946.
VtSTAS las b y e s nbxeros 66 de fecha siete de agost0
del aiio 1942, sustitutiva de 10s articulos 69, 70, 71 y 72 de 1%
Lev NO 37, de Orsanizacih 'Comunal, de fecha 19 de mar20
del aiio 1923; y 439 del 20 de novienlbre de 1943;
VISTA la Ordenanza Nº 10 de fecha 4 de mayo de 1951, del Ayuntamiento de la Común de Villa Isabel, por medio de la cual y en cumplimiento de las expresadas leyes, ha votado una nueva tarifa para la venta y arrendamiento de terrenos propiedad de dicho Ayuntamiento;
VISTO el artículo 22, párrafo 2º de la Constitución del Estado,
R E S U E L V E :
ARTICULO UNICO: Aprobar, como al efecto aprueba, la Ordenanza votada en fecha 4 de mayo de 1951, por el Ayuntamiento de la Común de Villa Isabel, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.