Texto de la norma
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de abril del año mil novecientos sesenta; años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
Resolución N° 5333, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina, en los jardines de la Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social.
G. O. N° 8465, del 6 de Abril de 1960.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 5333
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Comité Pro-Busto al esclarecido Benefactor y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Trujillo Molina de la Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social, para que se le autorice a erigir un busto al Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina en los jardines de la Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social.
VISTA la ley sobre erección de estatuas y otros monumentos públicos N° 638 del 23 de junio del 1944, publicada en la Gaceta Oficial N° 6102 del 28 de junio del 1944, modificada por la Ley N° 1687 del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial N° 6783 del 28 de abril del 1948.
RESUELVE:
ARTICULO UNICO: Autorizar al Comité Pro-Busto al esclarecido Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Trujillo Molina de la Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social, a erigir un busto en bronce al Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina en los jardines de la Secretaría de Estado de Salud y Previsión Social, con el cual el personal de esa dependencia se propone honrar la figura del excelso creador de la Patria Nueva como una manifestación de su sincera devoción y gratitud al líder del pueblo Dominicano.
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DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta; años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
José Ramón Rodríguez,
Presidente
Opinio Alvarez Mainardi,
Secretario
Luis E. Ruiz Monteagudo,
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta, años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera
Presidente
Manuel Joaquín Castillo C.,
Secretario
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2° de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de abril del año mil novecientos sesenta; años 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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