Texto de la norma
enero del mil novecientos sesenta; años 116° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
Porfirio Herrera,
Presidente.
Manuel Joaquin Castillo C.,
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2° de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos sesenta, años 116° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
HECTOR R. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 5286, del Congreso Nacional, que autoriza la erección de un busto del Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva en terrenos aledaños al Central Catarey, G. O. Nº 8441, del 23 de Enero de 1960
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 5286
VISTA la solicitud que por medio de la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el señor Administrador del Central azucarero "Catarey" para que se le autorice la erección de un busto en bronce del Generalísimo Dr. Rafael L. Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva, en los terrenos comprendidos entre las oficinas de esa industria y la autopista Ciudad Trujillo-Santiago.
VISTA la ley sobre erección de estatuas y monumentos públicos Nº 638 del 23 de junio del 1941, publicada en la Ga-
ceta 0l'ici:iI No 6102 del 28 de junio del 1014, modificadil por
Ja Ley N" 3687 del I(i tie ahril de 1948, publicatla en la Gaceta
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(iX3 del 28 tlc abril del 19 18.
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Manuel Joaquin Castillo C.,
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Secretario.
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Julio A. Cambier,
Secretario.
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En ejercicio de la atribucihn que me confiere el articulo
54, inciso 24 de la Constitucibn de la Reptiblica;
11ROL\It71Ai0 la pwswitp Hesoliicion. y inantlo que sea
p~iblicada en la Gaccf a Ol'icial para su coiiociniiento y c i i i i ~
ylrm J ento,
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos sesenta, años 116° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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