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Resolución

Resolución 5319

QUE APRUEBA UN CONTRATO DE VENTA DE TERRENO PROPIEDAD DEL ESTADO A MOLINOS DOMINICANOS, C. POR A.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 mar de 1960fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 8457Gaceta Oficial

Texto

Texto de la norma
x% - Resn1ucil;n No 5319, cpe aprneba un Contrato de vclnta de pirtlatl del Estado a Molinos Doitiinicaiios, C. I ) O ~ G , 0. NQ 8457, del 12 de D1ar.m de 1960. EIi COR’GUESO LYL4/;lo‘l A I , HII Nomhre de /n R~zpiihlic*tr \‘[SlO el i n c h 20 del articulo de la. ~onsl1t11ci6n de la Hepiiblica ; VISTO el Contrato suscrito el dia veintinueve de enero del mil novecientos sesenta, entre el Es tado Dominicano, repre- pentado por el Doctor Jose A. Quezadl T., Director General de IEentas lnternas y Bienes Nacionales y Nolinos llominicaiios, C. por A., representados por su A<lm inistrador General Sefioi? ‘:.4arco~ A. GOmez hijo, por inedio del cual el primero vende a la citada einpiwa. una parte de la parcela l W A , del Distribo ’Catastral Nq 6 (antiguo 30), del Disirito Nacional, sitios de ”San Bartolo” y “La Viva”, por el precio de HD$40,209,75, R E S C ‘ E L \ ‘ E : UKICO.-Apwbar el Conlrato siifcrilo el dia 29 de enero del afio 1960, entre el Estado Dominicano, representado pol. c1 Doctor JosA A. Quezada T., Director General de Rentas Zn- Yernas y Rienes Nacionales y Moliiios )I,ominicanos, C. por A., wpresentados por SLI Adininistrador General seiior Marcos A. [;6mee hijo, por iiiedio del cual el pritiiero vende a la citada einprtsn una parte de la parcela 399-A, del IXstrito Calastral TJo 6 (nntiguo 30), del Ilistrito Nacional, sitios de “San Rarto- 10” y .‘La Viva”, por el iwecio de RDc 40,20!).i,j, (pie cnpiado ,a la lelra dice asi: ENTRE EL E:S‘L’Al)O DOhliNiCAl\r‘O, representado en es- te contrato por el sefior Doctor Josk A. Quezada ‘X,, mayor de cdad, dominicano, casado de este doni cilio y residencia, Di- Iwtor General de Rentas Internas p Bienes Nacionales, porta- k!or de la C;ctlnla Personal de ltlentidad iumero [cédula], aenovnda con el sell0 No 1674, para el 40 dYU0, en virtu1 de *twler quo le fntb stargado por Su Excelencia cl Honorable Sr. I ’residmte de li? Repiibl ica, (ienes8nliaiititr H6ctor M, Trujill G.toline, en fechn veinte ires (23) cle I?ne?ro del ads mil nu. rwientos sesenta (t960), de tlna parte; ?* de la otm, la ‘‘M01,l~ ?‘yTOS TIOXIINICGNOS, C. 1’OR A.”, compaiiia por acciones, d8 iste domicilio. conslituida de hcuerdo con las leyes de la ne. I’(ihlica I3olrlinicantl, representada en &e contrato par sll !*dministrador General sefior hlarcos A . (i6mez h~jo, inayoi+ ’de edfid. doiriinicano, casado, propietari J, tlc eqtc dotdicilio f pesidmcia, portador de la Ckdnla Perso la1 de Identidad B W ~ G primera, número [cédula], renovada con el sello número 1176, para 1959, se ha convenido y pactado lo siguiente: PRIMERO: El Estado Dominicano, representado como se ha dicho precedentemente, por el Doctor José A. Quezada T., Director General de Rentas Internas y Bienes Nacionales, por el presente contrato, vende, real y efectivamente, con todas las garantías legales, a la Molinos Dominicanos, C. por A., lo siguiente: Una parte de la parcela número ciento noventa y nueve A (199-A) del Distrito Catastral número seis (6), (antiguo treinta —30—), del Distrito Nacional, antes Distrito de Santo Domingo, Sitios de "San Bartolo" y "La Viva", con una extensión superficial de veintidós mil novecientos setenta y siete (22,977) metros cuadrados; y con las siguientes medidas lineales y colindancias: Al Norte: por donde mide doscientos diez (210) metros, cuarenta y tres (43) centímetros, Calle "A" del sector "La Francia"; Al Este: por donde mide cincuenta y siete (57) metros, Calle en proyecto dentro de la misma parcela; Al Sur: por donde mide doscientos ocho (208) metros, veintiún (21) centímetros, calle en proyecto para acceso a la Estación de Cuarentena, dentro de la misma parcela; y Al Oeste: por donde mide sesenta y cinco (65) metros, treinta y cinco (35) centímetros, setenta y cinco (75) metros y trece (13) metros, ochenta y tres (83) centímetros, en la línea quebrada, farallón al Río "Ozama"; PARRAFO: EL ESTADO DOMINICANO es propietario de la Parcela número ciento noventa y nueve A (199-A) del Distrito Catastral número seis (6), del Distrito Nacional, en parte, en virtud de compra realizada al señor Don Manuel de Moya Alonzo, por acto de fecha 8 de febrero del 1954, inscrito en el Registro de Títulos del Distrito Nacional en fecha 18 de ese mismo mes y año, bajo el N° 1088, folio 272, del Libro de Inscripciones 21. SEGUNDO: El precio de venta de la porción de terreno a que se refiere el presente contrato, ha sido pactado y convenido en la suma de CUARENTA MIL DOSCIENTOS NUEVE PESOS ORO DOMINICANOS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (RD$40,209.75), la cual suma declara el señor Doctor José A. Quezada T., en su condición de Director General de Rentas Internas y Bienes Nacionales, que ha sido pagada por -8“ la “Molinos Dominicanos, C . por I., segiin se coinprueba con el reciho nhmero 237157, expedidt) por la Colecturia de Ren- tas Internas del Dstrito Nacional, en fecha veintinueve (29) de encro del afio en curso, P O ~ lo cual desea que el presenie ‘acto implique a la Compafiia com])ratlora formal reciho y car- qa de pago por el precio integro de la venta que le ha realiza- Bo el ESTADO DORIINICANO por el presente contrato. I-IbXIIO en seis (6) originales, uno para cada parte, y las deinQs para Ias tramitaciones leg,des correspondientes a esle contrato, en Ciudad Trujillo, Disirito Nacional. Capital de la Kepiiblica Il)oininicana, hoy dia v?inte y nueve (29) tiel rnes de enero del aiio inil novecientos sesenta (1960) POR EL ESTADO DORIINLCAX 0 : lroctor Jose A. Quezacta ‘l., Director General de Rentas Interrns y Sienes Nacionales POR LA RlOLINOS 1)ORlINICANOS C. POR A. Marco A . Goinez hijo, Administ rador General YO, ARMANDO PELLEKANO SANCHEZ, Notario Publi- co de 10s del numero del Distrito Nacional, Certifico y doy fe, que las firxnas de 10s seiiores Dotitor Jost. A. (luezada T., ?‘ Marc0 A. (Xmiez hijo, a yuienes dog fe conocer, que aparecen Inserkadas precedentemeate en este documento, tueron suscr1- tas pot esas personas, estando en mi preseiicia y voluntaritr- mente.-Fn Ciudad Trujillo, Distriio Nacional, Kepitblica bc- ininicL:na, a 10s veintinueve (29) (lias del nies de enero tlcl afio iiiil novecientos sesenta (1960,. h miando Pellerano Slinchez!, Notario Publico Djil9A en la Sala de Sesiones tie la C6lnara de Iliputados I’alacio del (:onareso Nacional, ell Ciuda(1 ‘rrujillo, Disti*i[a Nacioijal, Capital de la Republica Domiiiicana, a1 primer d:,L del ines de inarzo del aiio mil novecientos sesenta; afios 117’’ de la Independencia, !17Q de la Restauraci6n y ;5OtJ de la Era clc TrujiIlo, I’ablO Otto lierii&ndez, \‘Icepresidente en funcjone.; Opinre Alvarez hlainardi, Secret ario Luis E. Ruiz Monteagudo, Secret a rio * D X D A en la Sala de Scsiones tlcl Senatlo, I'alacio del Cong r cso Naci OD: t 1, en (1 i I I (lad 'I'r iijillo, I )r (s t r i t o Naciona 1 Capital de la Repu1)lica Iloininicana, a 10s clos clias del ines de hiarzo del afio mil novecienlos sesenta, aiios 1170 de la Inde- pendeilcia, 9i0 de la I<esI:~i~i-acitin 30'' de la Era de Triijillcl. PorE irio Herrera, Presidente Manuel Joaqtiin Caslillo C., Secretario JLilio A. (:aiiil)iei*, Secretni io ii I:( m i T I I I ~ ~ L Y I 110 ~ W J I L L ~ . ~ r o ~ , m i I - I rsitl *lit(> ( I P lrr Rcpiihlir.n 1)oiiiiiIicrtiiu E 1 e,jcrcicio t l ~ la iitrihucitin que iiie co1ific:d el articulo 5-1 i n c h 2", de la (;onstitiiciOii de la Republica; e 1'130hl~~LGO la presente Resolucih, y mando que sea p i - blicatla en la (;aceta Oficial para su conociiniento y cumpli- miento. D.YDA en Ciudad Truj illo, Distrito Nacioiial, Capital d 4 la Repiiblica Doiiiinicana, a 10s cuatro dias del iiies de iiiarm de 11111 novecientos sesenta, afios 11? de la Independencia, 97" de la 13estauraci6n y SO" de la Era de Trujillo. I I E C T OH 13, T R VJ I I;I,O MO I, I SA wmrw m o COIYSI1)b~KANIIO: Que la Ley N" 5258, de fecha 27 de novierijhre de 1959, autorizti a la Corporation lloiiiinicana de ElcctiJiicidad, ernpresa 'de servjlcio piihlico, investida de. persor,:ilidatl j iiiklica, propiedad del I'stado, a auinentar pOr iiiedio de una Kesolucion de su Consejo Directivo, y hasta el # 6 , ~ anual, el tipo de interes de 10s Bonos de las Series de I * c / c

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona