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Resolución

Resolución 182

QUE APRUEBA POR DOS AÑOS MAS EL CONVENIO INTERNACIONAL DEL AZUCAR DE 1958.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 sept de 1967fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 9052Gaceta Oficial del 16 sept de 1967
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución Nº 182, que aprueba por dos años más el Convenio Internacional del Azúcar de 1958. (G. O. Nº 9052, del 16 de Septiembre de 1967) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República: NUMERO 182 VISTO el inciso 11 del artículo 37 de la Constitución; VISTO el Protocolo concertado en la ciudad de Londres en fecha 14 de noviembre de 1966, mediante el cual se prorroga nuevamente por dos años más la vigencia del Convenio Internacional del Azúcar de 1958. RESUELVE: Art. 1.—Aprobar el Protocolo concertado en la ciudad de Londres en fecha 14 de noviembre de 1966, mediante el cual se prorroga nuevamente por dos años más la vigencia del Convenio Internacional del Azúcar de 1958, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona