Texto de la norma
Núm. 816.—RESOLUCION de la J. S. G. ordenando a los empleados de hacienda del anterior Gobierno Provisorio, rindan sus cuentas.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—La Junta Superior Gubernativa.
Considerando: que por la Constitucion de la villa de Moca en vigor, titulo 10, Disposiciones Generales, se manda que por
les Jefes del ejército expedicionario, dirijida a todos los dominicanos y publicada el 25 de Enero pasado aparece que: al asesinato del ex-Presidente general Salcedo, añadió el Gobierno Provisorio saliente el delito de peculado y la imposicion inusitada de odiosos monopolios.
Considerando: que este aviso de aquellos Generales, pone á la Junta en la necesidad de averiguar los hechos, porque de otra manera faltaria ella á la confianza de que es depositaria.
Considerando: que si bien los Gobiernos son cuerpos morales, y al sustituirse recíprocamente, el entrante acepta las obligaciones contraídas por el antecesor, nunca pueden aceptar la responsabilidad de aquellos actos que mancharían su decoro, como contrarios á la razon, al derecho y la justicia.
Considerando: que el delito de peculado es aquel que se suma manejando impuramente los tesoros nacionales; y que hecha la denuncia por los Jefes del ejército expedicionario, no puede este atentado continuar bajo el velo del misterio, privando á la Nacion de una de sus satisfacciones mas sagradas y legítimas,
HA RESUELTO:
Art. único. Todos los empleados de hacienda correspondientes al anterior Gobierno Provisorio, deberán rendir una cuenta minuciosa de la parte de contabilidad y manejo de los fondos que tuvieron á su cargo durante aquel período, por ante la Cámara de Cuentas, que segun la Constitucion se nombrará por el Poder Ejecutivo o quién lo represente.
Santiago 25 de Enero de 1865.—El Presidente, Benigno F. de Rojas.—El Vice-Presidente, Gregorio Luperon.—La Comision del Interior, Policía y Justicia: Vicente Morel, Pedro Prud'homme, S. Poncerrate.—La Comision de Guerra y Marina: Pedro A. Pimentel, Pedro G. Martinez.—La Comision de Hacienda, Comercio y Relaciones Exteriores: Eusebio Pereyra.
les Jefes del ejército expedicionario, dirijida a todos los dominicanos y publicada el 25 de Enero pasado aparece que: al asesinato del ex-Presidente general Salcedo, añadió el Gobierno Provisorio saliente el delito de peculado y la imposicion inusitada de odiosos monopolios.
Considerando: que este aviso de aquellos Generales, pone á la Junta en la necesidad de averiguar los hechos, porque de otra manera faltaria ella a la confianza de que es depositaria.
Considerando: que si bien los Gobiernos son cuerpos morales, y al sustituirse recíprocamente, el entrante acepta las obligaciones contraídas por el antecesor, nunca pueden aceptar la responsabilidad de aquellos actos que mancharían su decoro, como contrarios a la razon, al derecho y la justicia.
Considerando: que el delito de peculado es aquel que se consume manejando impuramente los tesoros nacionales; y que hecha la denuncia por los Jefes del ejército expedicionario, no puede este atentado continuar bajo el velo del misterio, privando á la Nacion de una de sus satisfacciones mas sagradas y legítimas,
HA RESUELTO:
Art. único. Todos los empleados de hacienda correspondientes al anterior Gobierno Provisorio, deberán rendir una cuenta minuciosa de la parte de contabilidad y manejo de los fondos que tuvieron á su cargo durante aquel período, por ante la Cámara de Cuentas, que segun la Constitucion se nombrará por el Poder Ejecutivo o quién lo represente.
Santiago 25 de Enero de 1865.—El Presidente, Benigno F. de Rojas.—El Vice-Presidente, Gregorio Luperon.—La Comision del Interior, Policía y Justicia: Vicente Morel, Pedro Prud'homme, S. Poncerrate.—La Comision de Guerra y Marina: Pedro A. Pimentel, Pedro G. Martinez.—La Comision de Hacienda, Comercio y Relaciones Exteriores: Eusebio Pereyra.
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