Texto
Texto de la norma
Núm. 749.—BANDO del Gobernador Capitan General levantando el estado de sitio.
Don Felipe Ribero y Lemoyne, Gobernador Capitan General de la parte Española de la isla de Santo Domingo y General en jefe del Ejército de la misma.
Las disposiciones tomadas para el restablecimiento del órden en el territorio de mi mando, la decidida actitud de sus habitantes y el valor y entusiasmo de nuestros soldados, han hecho imposibles los intentos de los que, olvidando sus deberes, enarbolaron el pendon de la anarquía en la provincia de Santiago.
Afianzada la tranquilidad pública, con las ventajas que a la fuerza moral y material del Gobierno han procurado las pruebas de lealtad y patriotismo dadas por los habitantes de la Isla en estas circunstancias, es llegado el momento de restablecer por completo la confianza pública con la práctica de la legislación normal.
En su consecuencia he venido en resolver:
Artículo único. Queda levantado el estado de sitio en todo el territorio de la parte Española de esta Isla decretado en mi Bando de 28 de Febrero último. (1).
—Santo Domingo, 29 de Mayo de 1863.—Felipe Ribero.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona