Texto de la norma
Núm. 970.—RESOLUCION del P. E. conmutando la pena impuesta a varios de los condenados por haber desembarcado en la costa del Yuma.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—José María Cabral, Presidente de la República.—Resolucion.
Visto el recurso en gracia interpuesto a nombre de los condenados a diversas penas por la Suprema Corte de Justicia, en sus funciones de Corte Marcial, por sentencia de este dia.
Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado y en uso de la prerrogativa que me concede el inciso 18 del artículo 39 de la Constitucion,
HE VENIDO EN RESOLVER Y RESUELVO:
1º. Que se ejecute la pena capital impuesta al coronel Tomás M. Botello, por ser el principal cabecilla de la expedicion de Yuma, segun consta del expediente y del informe del comandante de armas de Higuey.
2º. Que se conmute la pena capital impuesta a los coroneles Félix M. Lluberes, y Domingo Cheri, por la de reclusion perpetua.
3º. Que se conmute la pena de trabajos forzados a perpetuidad, impuesta a José de las Mercedes, en la de reclusion perpetua.
4º. Que se conmute la pena de trabajos forzados, impuesta a Juan Peguero, Juan E. Jimenes, Luis Pastor, Juan E. Arredondo, José Pereyra, David Lalondric, José Cesáreo, Joaquino Jimenes, Manuel Mella, Daniel Lajara, José E. Contin, Ignacio Pereyra, Manuel J. Betances, José Pereyra y Peña, Manuel Marques, Eustaquio Puello, Ignacio Parahoy, Rafael Valverdu, Gerardo Parreño, Rejis Basques, Pedro Aguiar, Pascual Gomez, Manuel Lovelace, Juan B. de Lara y Cristóbal Diaz por la de expatriacion perpetua.
5º. Que se confinen en el interior de la República, a Ildefonso Pina, José Guerrero, Pablo Bernier y José Maria Soler.
6º. Que se cumplan en todas sus partes los demas dispositivos de la sentencia.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo a los 22 dias del mes de Noviembre de 1866, 23º. de la Independencia y 4º. de la Restauracion.—Firmado.—José Maria Cabral.—Refrendado.—El Secretario en los Despachos de Justicia &a.—
José G. García.—Es copia.—El oficial mayor.—José A. Bonilla y España.
RESOLUCION.
Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado. Y en uso de la prerrogativa que me concede el 18°. inciso del artículo 39 del Pacto fundamental,
HE VENIDO EN RESOLVER Y RESUELVO:
1°. Que se conmute la pena capital impuesta al coronel Tomás M. Botello, por la de reclusion perpetua.
2°. Que se comunique esta resolucion al Ministro fiscal de la Suprema Corte Marcial, para que surta los fectos consiguientes.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, a los 22 dias del mes de Noviembre de 1866, 23°. de la Independencia y 4°. de la Restauracion.—Firmado.—José María Cabral.—Refrendado: El Ministro de Justicia &a.—José G. García.—Es copia conforme:—El oficial mayor,—José A. Bonilla y España.
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