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Resolución

Resolución 101

que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a erigir una tarja conmemorativa frente al Parque Independencia, del primer centenario de la muerte del patricio Don Manul Rodríguez Objío

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 mar de 1971fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9219Gaceta Oficial del 7 abr de 1971
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Nerencia Ferreira Vda. Amaro (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 101, que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a erigir una tarja conmemorativa frente al Parque Independencia, del primer centenario de la muerte del patricio Don Manul Rodríguez Objío. (G. O. Nº 9219, del 7 de abril de 1971) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 101 VISTA: la solicitud que por medio de la Dirección General de Bellas Artes, ha dirigido al Congreso Nacional el Ayuntamiento del Distrito Nacional, para que se le autorice erigir una tarja conmemorativa del centenario de la muerte del ilustre patriota y hombre público DON MANUEL RODRIGUEZ OBJIO, la cual habrá de ser colocada en el muro anterior del Cementerio de la Avenida Independencia, a la vista de los transeúntes de esta vía, en el ángulo Nordeste del citado cementerio, diagonalmente frente al Parque Independencia, de esta ciudad. VISTA: La Ley sobre erección de estatuas y otros monumentos públicos Nº 638, del 23 de junio de 1944, modificada por la Ley Nº 1687, del 16 de abril de 1948, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6783, del 28 de abril de 1948. RESUELVE: ART. UNICO.—Autorizar al Ayuntamiento del Distrito Nacional, a erigir una tarja conmemorativa en el muro anterior del cementerio de la Avenida Independencia, a la vista de los transeúntes de esta vía, en el ángulo Nordeste del citado cementerio, diagonalmente frente al Parque Independencia, de esta ciudad, con la cual dicho Organismo Edilicio se propone conmemorar el primer centenario de la muerte del ilustre patricio DON MANUEL RODRIGUEZ OBJIO, acaecida tr6gicamente r11 dia 18 de abril de 1871. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Con- greso Nacional, en Santo Domingo de Guzm6n, Distrito Nacio- nal, Capital de la Rcpfiblica Dominicana, a 10s veintitres dias del mes de marzo del ai30 mil novt3cientos setenta y uno, afiios 1280 de la Independeniia y 1080 de la Restauracibn. Adriano A. Urihc Silva, President e. .Josefina Portes de Valenzuela, Secretaria. Fidias C. Volquez de Hernkndez, Secret aria. DADA en la Sala de Sesiones de la C6mara de Diputadns, Palltcio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzm5n. Distrito Nacional, Capital de la Reptiblica Dominicana, a 10s veiqtitrcbs dias del inm de marzo del afio mil novecientos se- tenta y uno, afios 1280 de la Independencia y 10P de la Res- tauracirin. Atilio A. Cuzmkn Fernkndez, Presidente. Caridad R. dc Sobrino, Secrctaria. Char Soto M., Secretario ad-hoc. JO A QUTN BATJAGUER Pmsidente de la Repfiblica Dominicana En ejerc'icio de las atribuciones que me corifiere el articulo 55 de la Constituci6n de la RepGblica; PROhlULGO la presente Resoluci6n y mando que sea pu- blicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumpli- miento. DADA en Santo Domingo de Guzmhn, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veinticinco dias del mcs de marzo del mil novecientos setentiuno, afios 1 2 P de la Independencia y 1080 de la Restauraci6n. JOAQUIN BALAGUER Ley NO 102, que conce8de pensibn del E,stado a la Sra. Nerencia Ferreira Vda. Amaro. (G. 0. No 9219, del 7 de abril de 1971) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Rep6blica NTTMERO 102 VISTO el Articulo 8 de la Ley No 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959; HA DADO LA SIGUIENTE LEY: Art. 1.-Se concede una prnsicin del Estado de ciento cin- cuenta pesos or0 (RD$l50.00) mensuales, a la Sefiora Nerencia Ferreira Vda. Amaro. Art. 2.-Dicha pensi6n serA pagada con cargo a1 Fondo d- Pmsiones y Jubilaciones Civiles de la Ley tie Gaatos P6bIicos. DADA en la Sala de Sesiones de la CBmara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de GuzmBn,

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona