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Resolución

Resolución 287

que aprueba el Convenio de Crédito suscrito en fecha 30 de junio de 1966, entre el Gobierno Provisional de la República Dominicana y el Gobierno de los E.U. de A., actuando por intermedio de la Agencia Internacional de Desarrollo

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 jun de 1966fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 8994Gaceta Oficial del 30 jun de 1966

Contraparte y monto

Contraparte
Gobierno de los E.U. de A. (otro Estado)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución Nº 287, que aprueba el Convenio de Crédito suscrito en fecha 30 de junio de 1966, entre el Gobierno Provisional de la República Dominicana y el Gobierno de los E.U. de A., actuando por intermedio de la Agencia Internacional de Desarrollo. (G. O. Nº 8994, del 30 de Junio de 1966) HECTOR GARCIA GODOY Presidente Provisional de la República Dominicana En Nombre de la República NUMERO 287 VISTO el Convenio de Crédito suscrito en fecha 30 de junio de 1966, entre el Gobierno Provisional de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando por intermedio de la Agencia Internacional de Desarrollo ("A.I.D."); En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 2 del Acto Institucional RESUELVO: ARTICULO UNICO. —"Aprobar el Convenio de Crédito suscrito en fecha 30 de junio de 1966, entre el Gobierno Provisional de la República Dominicana y el Gobierno de los Estados Unidos de América, actuando por intermedio de la Agencia Internacional de Desarrollo", el cual copiado textualmente dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona