jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 399

que aprueba un Contrato suscrito entre el Poder Ejecutivo y la Sociedad Médica Cristiana Internacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 ene de 1969fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 9119Gaceta Oficial del 8 ene de 1969
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Sociedad Médica Cristiana Internacional (empresa)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Resolución Nº 399, que aprueba un Contrato suscrito entre el Poder Ejecutivo y la Sociedad Médica Cristiana Internacional. (G. O. Nº 9119, del 8 de Enero de 1969) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 399 VISTO el inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito en fecha 28 de octubre de 1968, entre el Estado Dominicano y la Sociedad Médica Cristiana Internacional; RESUELVE: UNICO: Aprobar el Contrato suscrito en fecha 28 de octubre de 1968, entre el Estado Dominicano debidamente representado por el Dr. Mario A. Fernandez M., Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y la Sociedad Médica Cristiana Internacional, representada por los señores Dres. Arthur O. Svedherg, Presidente y Walter O. Spitzer, Director General, de dicha Sociedad, en virtud del cual la Sociedad se compromete dentro de su programa de Asistencia Médica, a proporcionar atención médica a los habitantes de la República Dominicana, mediante el suministro del personal técnico competente y equipo, distribución de medicinas; comprometiéndose el Estado Dominicano a proveer personal para que trabaje con el personal de la Sociedad asignado al país y conceder diversas exoneraciones y exenciones de impuestos en favor de la aludida sociedad y de su personal extranjero, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona