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Resolución

Resolución 2645

QUE OTORGA A AGREGADOS DE HORMIGON, C. POR A., LA CONCESION PARA LA EXTRACCION, REMOCION O DRAGADO DE LOS COMPONENTES DE LA CORTEZA TERRESTRE EN UNA FANJA DE TERRENO UBICADA EN EL RIO YAQUE DEL NORTE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 sept de 1972fecha
Concesióntipo
G. O. 9279Gaceta Oficial del 1 ene de 1972
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Resolución Nº 2645, que otorga a Agregados de Hormigón, C. por A., la concesión para la extracción, remoción o dragado de los componentes de la corteza terrestre en una faja de terreno ubicada en el Río Yaque del Norte. (G. O. Nº 9279, del 21 de Octubre de 1972) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 2645 VISTA la Resolución Nº 17, de fecha 16 de febrero de 1972, mediante la cual la Comisión encargada de depurar las solicitudes de concesiones o permisos para la extracción de arena, grava y piedra, recomienda al Poder Ejecutivo que se otorgue a Agregados de Hormigón, C. por A., por el término de 5 años, la concesión para la extracción, remoción, o dragado de los componentes de la corteza terrestre llamados arena, grava, gravilla y piedra en una faja de terreno ubicada en el río Yaque del Norte; VISTOS los artículos 3 de la Ley Nº 123, de fecha 10 de mayo de 1971, y 9 del Reglamento Nº 1315, del 29 de julio de 1971; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto la siguiente RESOLUCION: Art. 1.—Se otorga a Agregados de Hormigón, C. por A., por el término de cinco (5) años, la concesión para la extracción, remoción o dragado de los componentes de la corteza terrestre llamados arena, grava gravilla y piedra en una faja de terreno ubicada en el río Yaque del Norte, en el sitio denominado Hoyo de Lima, la cual comprende el lecho del río y ambas márgenes, dentro de los términos de la Resolución Nº 17 de fecha 16 de febrero de 1972, dictada por la Comisión encar- gada de depurar las solicitudes de concesiones o permisos para la extracción de arena, grava y piedra. Art. 2.—Envíese a la Comisión creada por la Ley Nº 123, del 10 de mayo de 1971, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y dos, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona