Texto de la norma
Res. No.370-98 que aprueba todos los actos efectuados por el Poder Ejecutivo durante el año 1995 e igualmente aprueba, con vista del informe de la Cámara de Cuentas, el estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el citado año.
(G. O. 9997, del 18 de agosto de 1998).
EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República
Res. No. 370-98
VISTO el Artículo 37, Inciso 2, de la Constitución de la República;
VISTO el resultado del examen hecho de los actos del Poder Ejecutivo durante el año 1995, contenido en el mensaje depositado ante el Congreso Nacional por el Presidente de la República en las memorias de los Secretarios de Estados que lo acompañan, el 27 de febrero del año 1995;
VISTO el informe sometido por la Cámara de Cuentas de la República, relativo al estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el año 1995.
CONSIDERANDO: Que todos los actos realizados por el Poder Ejecutivo durante el año 1995, así como la recaudación e inversión de las rentas nacionales, se han ajustado a la Constitución y a las leyes.
RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR todos los actos efectuados por el Poder Ejecutivo durante el año 1995, por estar ajustados a la Constitución y las leyes.
Artículo 2.- APROBAR igualmente, con vista del informe presentado por la Cámara de Cuentas, el estado de recaudación e inversión de las rentas fiscales durante el año 1995.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 135 de la Restauración.
Amablé Aristy Castro
Presidente
Enrique Pujals
Secretario
Rafael Octavio Silverio
Secretario
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 135 de la Restauración.
Héctor Rafael Peguero Méndez
Presidente
Carlos Alberto Gómez Pérez,
Secretario Ad-Hoc.
Néstor Orlando Mazara Lorenzo
Secretario
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y ocho, año 155 de la Independencia y 136 de la Restauración.
Leonel Fernández
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